Los avances de la sociedad, exigen un respuesta similar de la estructura pública para satisfacer las necesidades crecientes de una sociedad que demanda como son la agilidad, certidumbre, avances de la estructura pública considerando las corrientes del derecho en el mundo y en Sud América, han avanzado significativamente, buscando agilizar los procesos que antes eran contenciosos y onerosos como el emplazamiento a reconocimiento de firmas y se ha establecido la vía notarial y conciliatoria, en nuestro país, la nueva Ley del Notariado, establece potestades del notario que permite asumir funciones para poder realizar el emplazamiento a reconocimiento de firmas, siempre que las partes estén de acuerdo o una de ellas tenga pruebas que evidencien que la firma le corresponda a la otra parte, por lo que a efectos de agilizar los procesos e emplazamiento de reconocimiento de firmas y descongestionar los juzgados públicos en materia civil, se hace necesario determinar la adecuación del notariado a las corrientes internacionales donde se le asigne nuevas responsabilidades en su campo de acción.
INDICE
1.1 Antecedentes
1.2 Formulación del problema
1.3 Objetivos
1.3.1 Objetivo general
1.3.2 Objeticos específicos
1.4 Marco Teórico
1.4.1 Principio de interculturalidad
1.4.2 Principio de servicio a la sociedad
1.4.3 Principio de integridad
1.4.4 Principio de imparcialidad
1.4.5 Principio de legalidad
1.4.6 Principio de cultura de paz
1.4.7 Características del notariado
1.4.8 La cultura de paz y la ley del notariado
1.4.9 Propuesta para la implementación de la cultura del reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios
1.5 Bibliografía
1.1 Antecedentes
Los avances de la sociedad, exigen un respuesta similar de la estructura pública para satisfacer las necesidades crecientes de una sociedad que demanda como son la agilidad, certidumbre, avances de la estructura pública considerando las corrientes del derecho en el mundo y en Sud América, han avanzado significativamente, buscando agilizar los procesos que antes eran contenciosos y onerosos como el emplazamiento a reconocimiento de firmas y se ha establecido la vía notarial y conciliatoria, en nuestro país, la nueva Ley del Notariado, establece potestades del notario que permite asumir funciones para poder realizar el emplazamiento a reconocimiento de firmas, siempre que las partes estén de acuerdo o una de ellas tenga pruebas que evidencien que la firma le corresponda a la otra parte, por lo que a efectos de agilizar los procesos e emplazamiento de reconocimiento de firmas y descongestionar los juzgados públicos en materia civil, se hace necesario determinar la adecuación del notariado a las corrientes internacionales donde se le asigne nuevas responsabilidades en su campo de acción.
1.2 Formulación del problema
En base a los anteriores antecedentes de formula el siguiente problema: de qué manera se fortalecerá el principio de cultura de paz mediante el reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios?
1.3 Objetivos
1.3.1 Objetivo general
Fortalecer el principio de cultura de paz mediante el reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios.
1.3.2 Objeticos específicos
- Realizar un diagnóstico de los fundamentos legales y jurídicos de la cultura de paz y el reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios
- Sistematizar en la doctrina, legislación nacional y legislación comparada los fundamentos para el reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios.
- Elaborar estrategias para fortalecer el principio de cultura de paz mediante el reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios.
1.4 Marco Teórico
1.4.1 Principio de interculturalidad
El estado plurinacional de Bolivia se ha constituido en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, por eso se reconoce como principio de la justicia a la interculturalidad que reconoce la expresión y convivencia de la diversidad cultural, institucional, normativa y lingüística, y el ejercicio de los derechos individuales y colectivos en búsqueda del vivir bien .
Por este principio se incluye de manera más explícita lo que, probablemente, sea el cambio más importante en la definición de Estado y de interculturalidad, que es el reconocimiento a la libre determinación de las diferentes naciones y pueblos indígenas originarios y el reconocimiento del principio de diferentes justicias, culturas, instituciones y la consolidación de sus entidades territoriales.
En este principio no sólo está formulado el reconocimiento de la diversidad lingüística sino, sobre todo, el reconocimiento de la diversidad de formas de autogobierno que será una realidad con las jurisdicciones ordinarias, agroambiental y campesina originaria.
La interculturalidad es producto del Art. 2 de la Constitución (2009) que precisa: "Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del listado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley"".
La norma en estudio señala que el servicio notarial se sustenta en el reconocimiento, la expresión y la convivencia de la diversidad cultural, institucional, normativa y lingüistica y el ejercicio de los derechos individuales y colectivos garantizados en la Constitución Política del Estado (2009), conformando una sociedad basada en el respeto y la igualdad entre todos, para Vivir Bien.
La armonía social que constituye el asiento para la cohesión social, la convivencia con tolerancia y el respeto a las diferencias.
Este principio establece la igualdad y rango de las personas, las naciones, los pueblos y las comunidades para que vivan en armonía social.
Para que este principio logre ser aplicado, debe tener la publicidad necesaria y los notarios y sus auxiliares deberían estar capacitados para poder brindar una atención a todos los ciudadanos en el idioma nativo, pero se observa que todavía esto no ocurrió, por lo que este principio no tiene la publicidad necesaria y no está siendo aplicada en la realidad actual
1.4.2 Principio de servicio a la sociedad
No queda dudas que el ejercicio profesional del servicio notarial se realiza en el marco de la atención a la población en forma general, con calidad, eficacia y calidez, además de respetar y preservar el interés colectivo sobre el individual; porque los notarios son depositarios de la fe pública.
Para que al prestador de servicios (notario) se le denomine profesional deberá cumplir el requisito de brindar un servicio, garantizando la utilización de los medios disponibles con el fin de procurar un resultado de calidad de excelencia, a alguien que no sabe o no puede hacerlo por sí mismo.
La atención al ciudadano de a pie se materializa a través de la labor de los notarios, para prestar un trabajo responsable, confiable, rápido y sobre todo, tomando en cuenta el servicio a la sociedad.
El principio de servicio a la sociedad es aquel que se presta a los ciudadanos en forma personal, a distancia, por vía electrónica, a petición individual del destinatario, y normalmente a cambio de una remuneración.
Este principio está lejos de ser aplicado, ya que no se cuentan con los medios y el personal necesario para poder establecer los servicios individuales a las personas que así lo necesitan y tampoco ha recibido la publicidad necesaria, la misma que requiere de campañas informativas para su conocimiento por parte de la sociedad.
1.4.3 Principio de integridad
En mérito al principio de integridad se asumen y promueven los principios ético-morales de la sociedad plural e intercultural boliviana ama qhilla, ama Hulla, ama suwa (no seas flojo, no seas mentiroso y no seas ladrón), suma qamaña (vivir bien), ñandereko (vida armoniosa), tekokavi (vida buena), ivimaraei (tierra sin mal), y qhapajñan (camino o vida noble).
Señala el profesor Calderón que: "La integridad como valor fundamental del ser humano y como principio ético se determina como la facultad de todo ser humano para elegir hacer lo correcto, lo que va de acuerdo a los principios, es el cumplimiento del deber como misión. Implica obrar de acuerdo a los principios de verdad, de respeto, de responsabilidad y de participación entre otros".
El principio de la integridad es determinado como el pilar ético institucional que compila y permite la aplicación de valores humanos que fortalecen la formación integral de todo ser humano, situación que debe ser tomado en cuenta al momento de ejercer la actividad notarial.
Este principio tampoco está aplicado a plenitud debido a los hechos denunciados en los últimos años donde están involucrados personal del sistema de notariado.
1.4.4 Principio de imparcialidad
Con el fin de conservar la confianza de todos, los notarios deben realizar su trabajo sin tomar partido por ninguna de las partes, más al contrario ser absolutamente imparcial y conservando siempre la neutralidad.
La norma en estudio determina que el asesoramiento y la actividad notarial tiene como finalidad mantener la igualdad de las y los interesados por lo que su intervención es neutral, evitando todo género de discriminación; por lo tanto, el principio de Neutralidad prohibe que el Notario de Fe Pública que intervenga evite la discriminación por la naturaleza política, racial, de género, religiosa o ideológica.
El propósito de observar el principio de neutralidad es conservar la confianza de todos. Implícitamente, esta observancia del principio de neutralidad es también un factor de eficiencia operacional, que requiere la confianza de todos en muchos contextos como es el caso concreto de la actividad notarial.
Por intermedio del principio de neutralidad, se consigue la igualdad que se traduce en el reconocimiento uniforme de los derechos civiles a todos los habitantes, incluyendo también a los extranjeros; es decir, los derechos de los sujetos son igualitarios cuando se someten a una actividad notarial y además, se ejercen por las personas individuales o colectivas sin ninguna discriminación. Todos son iguales ante la ley.
Pese a los cambios registrados, este principio se aplica con limitaciones.
1.4.5 Principio de legalidad
Es preciso aclarar previamente, que cuando nos referimos al Principio de la Legalidad, estamos refiriendo al respeto de las normas jurídicas en general; es decir, que en ella se engloba en forma general a la Constitución Política del Estado (como norma jurídica superior y principal) a las leyes de la República, Decretos y demás disposiciones legales que se pronuncian en todo Estado Democrático como es del de Bolivia.
Por el principio de legalidad las actuaciones del Notariado Plurinacional están sometidas plenamente a la Constitución Política del Estado y la Ley, se presumen legítimas, salvo expresa declaración judicial en contrario.
Este principio es también entendido como que todo título que se trate de inscribir en el Registro Notarial está sometido a un examen previo, también llamado verificación o calificación, con el fin de que solo tengan acceso a los asientos regístrales notariales, los títulos válidos y perfectos: en otras palabras es el análisis que realiza el notario respecto de la licitud del acto o contrato que se desea inscribir y protocolizar.
"Precisando los alcances de la norma referida se establece que los registradores califican la legalidad del titulo en cuya virtud se solicita la inscripción. La calificación comprende la verificación del cumplimiento de las formalidades propias del titulo y la capacidad de los otorgantes, así como la validez del acto que. contenido en aquél, constituye la causa directa e inmediata de la inscripción. La calificación comprende también, la verificación de los obstáculos que pudieran emanar de las partidas regístrales y la condición de inscribible del acto o derecho. Se realiza sobre la base del titulo presentado, de la partida o partidas vinculadas directamente a aquél y, complementariamente, de los antecedentes que obran en el Registro"".
El Principio de la Legalidad es uno de los principios más importantes en que se sustentan los poderes del Estado y especialmente el Judicial, porque quienes administran justicia, simplemente deben acatar lo que dispone la ley; por lo tanto, no pueden aplicar su capricho o lo que les manden y ordenen otras personas o instituciones públicas con poder. Todo funcionario público tiene la obligación de respetar lo que dispone la ley sin someterse a otros poderes y hacer cumplir lo que la ley dispone ya que nadie está por encima de la ley, ni si quiera el poder político legalmente elegido por el pueblo.
Si no existiría el Principio de Legalidad, no podría haber justicia, con un debido proceso, porque nadie respetaría lo que dice y ordena la ley; consiguientemente, es de suma importancia, que en todo Estado de Derecho Democrático, primero se respete a la ley y sólo se cumpla lo que disponga la misma, sin ley no hay democracia, sólo habría tiranía y anarquía; por ello, la manifestación más específica de este principio es la sumisión de los actos judiciales a las disposiciones vigentes y la sumisión de los óiganos que dictan disposiciones generales al ordenamiento jerárquico de las fuentes del Derecho.
En todo Estado debe haber una norma jurídica que sea superior o suprema y todas las demás leyes deben respetar lo que dice la misma: por lo tanto, en nuestro país la ley suprema es la Constitución por el Principio de la Supremacía de la Constitución. Con éste queda establecido que donde manda Capitán no manda ningún marinero.
El profesor Rivera Santivañez señala que "según la doctrina del Derecho Constitucional, el principio de supremacía constitucional significa que el orden jurídico y político del Estado está estructurado sobre la base del imperio de la Constitución que obliga por igual a todos, gobernantes y gobernados. Dentro del orden jurídico la Constitución ocupa el primer lugar, constituyéndose la fuente y fundamento de toda otra norma jurídica, por lo que toda ley, decreto o resolución debe subordinarse a ella y no puede contrariarla. En el orden político se constituye en la fuente de legitimación del poder político, pues ella lleva implícita toda su filosofía que sirve de orientación no sólo a los gobernantes sino también de los gobernados. El fundamento de la superlcgalidad de la Constitución está en el reconocimiento que ella hace de los derechos de las personas, encauzando y limitando la actividad legítima del Estado, cuyo fin es la persecución del bien común".
Este principio se aplica y estamos como sociedad, tratando de buscar el bien común pero a pasos lentos.
1.4.6 Principio de cultura de paz
El último principio que regula la norma en análisis precisa que el servicio notarial contribuye a la cultura de paz mediante el acuerdo sobre la modificación y extinción de relaciones jurídicas sin intervención jurisdiccional; por lo tanto, es ahora atribución de los notarios de fe pública los procesos voluntarios (especialmente en materia civil sucesoria y familiar) donde no exista controversia, evitando que los interesados acudan a la justicia ordinaria
Desde un punto de vista sociológico la cultura de paz es una forma no violenta de encarar un sinnúmero de problemas que se presenta en la vida cotidiana. Siendo el hombre de naturaleza violenta, es necesario buscar y analizar elementos que coadyuven a frenar los impulsos desarrollando intelectual y racionalmente el comportamiento individual y colectivo entrelazados con elementos del saber. Ahí están las ciencias y las diferentes civilizaciones.
Entonces la cultura de paz es el respeto a una serie de valores socio-culturales y sujetos sociales que hacen a una convivencia pacífica a todo nivel. Dichos sujetos sociales son procesos de construcción hacia lo que se denomina derechos humanos (visión de los derechos humanos); para nuestra concepción es la paz duradera de la sociedad en su conjunto. Promover la paz es una ardua tarea de actitudes y comportamientos que rechazan de raíz la violencia y al mismo tiempo previenen todo tipo de conflictos, tratando de investigar sus posibles causas para su erradicación. Uno de los elementos más importantes en todo ello, es la "Comunicación", donde por medio de este elemento toda persona se entiende entre sí, siendo importante el diálogo, ya que la paz no es sólo la ausencia de conflictos, sino es la convivencia de la comunidad respetando todos los derechos de las personas, con una educación acorde a los tiempos de constante cambio y renovación e implementación de nuevos conocimientos desde socio-culturales hasta tecnológicos, conviviendo inclusive en la diversidad de costumbres y opiniones.
La Democracia participativa es otro elemento de comunicación libre sin obstáculos, basados en la libre opinión. La cultura de paz en un contexto general sería la convocatoria a todas las personas, entidades y grupos sociales, inclusive a comunidades educativas de los diferentes ciclos a llevar dentro sus actividades cotidianas, el compromiso consistente en el respeto mutuo, respeto de la vida de la otra persona, la generosidad, el entendimiento, inclusive la preservación ambiental y la solidaridad en todo momento.
Este elemento es importante "respetar la vida de los demás", la "dignidad de los demás". No tener ningún prejuicio y destituir la discriminación. Desde todo punto de vista, practicar la no violencia (cómo), rechazando la violencia física y psicológica, económica y social en y con todos sus aspectos negativos.
Escuchar a todos para que te escuchen a ti, y para que comprendas y te comprendan. Liberar la generosidad; ser generoso en todo, compartir el tiempo valioso, (no ocioso). Defender la libertad de expresión y la diversidad cultural y apoyarla. Privilegiar el diálogo sin ceder al fanatismo y al rechazo. Promover un consumo sostenible y bastante razonable y tener en cuenta cuán importante es la vida y el equilibrio de los recursos naturales de nuestro Planeta. Contribuir al desarrollo de la sociedad, propiciando la participación en igualdad de hombres y mujeres, tomando en cuenta los principios democráticos. La paz de la conciencia; tranquilidad del alma.
"Puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz". (Declaración de la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura).
"La paz favorece al desarrollo económico de las naciones".
Es entonces que "La Cultura de Paz, comienza cuando se cultiva la memoria y el ejemplo de figuras que representan el cuidado y la vivencia de la dimensión de la generosidad que nos habita, como Gandhi; Mons. Helder Cámara; Luther King y otros, como el padre Luis Espinal Camps.
Importa que hagamos las revoluciones moleculares (Gatarri), comenzando por nosotros mismos. Cada uno establece un proyecto personal y colectivo; la paz como método y como meta; paz que resulta de los valores de la cooperación, del cuidado, de la compasión y de la amorosidad, vividos cotidianamente". (Leonardo Boff. Teólogo y escritor brasileño).
Ante la serie de injusticias que se observan en el mundo y en nuestra sociedad en su conjunto, es inevitable primero concientizar a la gente, luego erradicar todo tipo de violencia, y tercero socializar. Como reflexión José Martí, expresa lo siguiente: "Y conozco bastante el dolor del mundo para ser indulgente con todas las formas, y aún injusticias de él; y en las cosas del alma soy como los médicos, que siguen curando al enfermo que les muerde la mano".
1.4.7 Características del notariado
Teniendo en cuenta que existen muchas definiciones, el notario debe ser un conciliador por excelencia, amparándonos en la que mas nos interesa en el presente trabajo, nos referiremos a continuación los mas importantes:
Según la Ley 1770 en su Art. 90 indica:
Podrá ser conciliador toda persona natural que goce de capacidad de obrar y no haya sido condenada judicialmente por la comisión de delitos públicos o privados de la misma manera.
Cabe señalar, que este Articulo da una pauta en los requisitos que deben tener los conciliadores, refiriéndose al goce de capacidad de obrar, significa que debe ser una persona mayor de edad, que no este impedida de ejercer todos sus derechos y obligaciones en la sociedad.
También señala que el conciliador no tiene que haber sido condenado judicialmente por la comisión de delitos públicos o privados, no está por demás indicar que el conciliador tiene que ser una persona que nunca halla tenido problemas con la justicia.
El conciliador según Rodolfo López del Solar es:
Persona que puede propiciar reuniones fuera de la audiencia para buscar el avenimiento, así como tomar informaciones confidenciales, disponer peritajes, plantear reformas al convenio de conciliación y fórmulas de avenimiento.
Además de poseer conducta reconocida en el ámbito social y judicial, debe someterse a normas de ética profesional, como ser secreto profesional y no puede actuar como parte civil.
La función de conciliador, deberá ser llevada con la mayor equidad, celeridad, imparcialidad, flexibilidad, tolerancia, y otros aspectos que debe poseer en su alta profesionalidad, fundamentalmente deberá ser el principal protagonista en aportar con su conocimiento respecto a la orientación de las partes, para llegar a un equilibrio que resulta ser el mejor acuerdo de conciliación, por todo lo antes mencionado se tiene que tomarse en cuenta todo estos aspectos.
Se podrá observare que la función del conciliador será la piedra fundamental para el equilibrio de un conflicto y que será el elemento central en el Acuerdo de partes conflictivas.
Así mismo promover el acercamiento y la comunicación entre las partes bajo el absoluto respecto de su deber de imparcialidad y confidencialidad. De la misma manera podrá realizar entrevistas individuales con cada una de las partes, siempre en conocimiento de la otra, para poder realizar una solución mutua, satisfactoria para ambas partes.
1.4.8 La cultura de paz y la ley del notariado
Desde un punto de vista sociológico la cultura de paz es una forma no violenta de encarar un sinnúmero de problemas que se presenta en la vida cotidiana. Siendo el hombre de naturaleza violenta, es necesario buscar y analizar elementos que coadyuven a frenar los impulsos desarrollando intelectual y racionalmente el comportamiento individual y colectivo entrelazados con elementos del saber. Ahí están las ciencias y las diferentes civilizaciones.
Entonces la cultura de paz es el respeto a una serie de valores socio-culturales y sujetos sociales que hacen a una convivencia pacífica a todo nivel. Dichos sujetos sociales son procesos de construcción hacia lo que se denomina derechos humanos (visión de los derechos humanos); para nuestra concepción es la paz duradera de la sociedad en su conjunto. Promover la paz es una ardua tarea de actitudes y comportamientos que rechazan de raíz la violencia y al mismo tiempo previenen todo tipo de conflictos, tratando de investigar sus posibles causas para su erradicación. Uno de los elementos más importantes en todo ello, es la "Comunicación", donde por medio de este elemento toda persona se entiende entre sí, siendo importante el diálogo, ya que la paz no es sólo la ausencia de conflictos, sino es la convivencia de la comunidad respetando todos los derechos de las personas, con una educación acorde a los tiempos de constante cambio y renovación e implementación de nuevos conocimientos desde socio-culturales hasta tecnológicos, conviviendo inclusive en la diversidad de costumbres y opiniones.
La Democracia participativa es otro elemento de comunicación libre sin obstáculos, basados en la libre opinión. La cultura de paz en un contexto general sería la convocatoria a todas las personas, entidades y grupos sociales, inclusive a comunidades educativas de los diferentes ciclos a llevar dentro sus actividades cotidianas, el compromiso consistente en el respeto mutuo, respeto de la vida de la otra persona, la generosidad, el entendimiento, inclusive la preservación ambiental y la solidaridad en todo momento.
Este elemento es importante "respetar la vida de los demás", la "dignidad de los demás". No tener ningún prejuicio y destituir la discriminación. Desde todo punto de vista, practicar la no violencia (cómo), rechazando la violencia física y psicológica, económica y social en y con todos sus aspectos negativos.
Escuchar a todos para que te escuchen a ti, y para que comprendas y te comprendan. Liberar la generosidad; ser generoso en todo, compartir el tiempo valioso, (no ocioso). Defender la libertad de expresión y la diversidad cultural y apoyarla. Privilegiar el diálogo sin ceder al fanatismo y al rechazo. Promover un consumo sostenible y bastante razonable y tener en cuenta cuán importante es la vida y el equilibrio de los recursos naturales de nuestro Planeta. Contribuir al desarrollo de la sociedad, propiciando la participación en igualdad de hombres y mujeres, tomando en cuenta los principios democráticos. La paz de la conciencia; tranquilidad del alma.
"Puesto que las guerras nacen en la mente de los hombres, es en la mente de los hombres donde deben erigirse los baluartes de la paz". (Declaración de la Constitución de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura).
"La paz favorece al desarrollo económico de las naciones".
Es entonces que "La Cultura de Paz, comienza cuando se cultiva la memoria y el ejemplo de figuras que representan el cuidado y la vivencia de la dimensión de la generosidad que nos habita, como Gandhi; Mons. Helder Cámara; Luther King y otros, como el padre Luis Espinal Camps.
Importa que hagamos las revoluciones moleculares (Gatarri), comenzando por nosotros mismos. Cada uno establece un proyecto personal y colectivo; la paz como método y como meta; paz que resulta de los valores de la cooperación, del cuidado, de la compasión y de la amorosidad, vividos cotidianamente". (Leonardo Boff. Teólogo y escritor brasileño).
Ante la serie de injusticias que se observan en el mundo y en nuestra sociedad en su conjunto, es inevitable primero concientizar a la gente, luego erradicar todo tipo de violencia, y tercero socializar. Como reflexión José Martí, expresa lo siguiente: "Y conozco bastante el dolor del mundo para ser indulgente con todas las formas, y aún injusticias de él; y en las cosas del alma soy como los médicos, que siguen curando al enfermo que les muerde la mano".
1.4.9 Propuesta para la implementación de la cultura del reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios
A fin de afianzar la cultura de paz y fortalecer el reconocimiento de derechos otorgados en casos de acuerdos voluntarios se propone considerar dentro las funciones notariales los siguientes:
1.4.9.1 Préstamo con garantía sujeto a secuestro autorizado especificando el lugar y las condiciones del mismo.
1.4.9.2 Acuerdo voluntario de desalojo, con autorización de empleo de la fuerza publica en caso de incumplimiento de contrato.
1.5 Bibliografía
ALVAREZ DE ZAYAS CARLOS (2004) Didáctica General Sexta Edición, Grupo Editorial Kipus Cochabamba –Bolivia.
BOLIVIA, Constitución Política del Estado, 1º Ed., La Paz- Bolivia, Ed. Puerta del Sol, 2009
CABANELLAS, Guillermo, Diccionario Jurídico de Derecho Usual, Tomo 5, y Tom
CASTELLANOS, Gonzalo tripo, Comentarios de la Ley del notariado Plurinacional, Sucre – Bolivia, Imprenta Rayo del Sur, 2015.
CASTELLANOS, Gonzalo tripo, Trámites voluntarios en la vía notarial, Sucre – Bolivia, Imprenta Rayo del Sur, 2015
[...]
- Quote paper
- Clotilde Fernandez Clavijo (Author), 2019, Los Desafios del Notariado en Bolivia, Munich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/458641
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