Introducción
Lo primero que hay que hacer al analizar la presencia judía y musulmana en la corte de los reyes cristianos es situarla espacial y cronologicamente. Desde el punto de vista cronológico, es razonable analizar a ambos grupos a partir de la toma de Toledo en 1085, pero fue en los siglos XII y, sobre todo, el XIII cuando ambos grupos alcanzaron su plenitud. El período de su presencia en la Espan?a cristiana acabó con la expulsión de los judíos en 1492 y los musulmanes en 1609. Sin embargo, no es posible tratar todo el periodo de la presencia judía y musulmana en la Espan?a cristiana, el cual dura unos siglos, en el marco de este trabajo. Además, el contenido del trabajo depende de la literatura y las fuentes accesibles. Por esta razón, el trabajo se centra en primer lugar en la segunda mitad del siglo XIII, en el tiempo del reinado de Alfonso X y de Sancho IV. En cuanto a los musulmanes hay que an?adir que tratamos además el siglo XV debido a los datos accesibles.
Espacialmente, el trabajo se centra principalmente en dos reinos: en el reino de Aragón y en el reino de Castilla. Tratando el caso de los musulmanes, analizamos sobre todo los reinos de Aragón y Valencia, donde ellos (llamados por «mudéjares») fueron un elemento consustancial en la sociedad medieval. La finalidad de este trabajo es poner de relieve las características generales de ambos grupos – de judíos y de musulmanes – en los reinos cristianos. En el marco de este trabajo nos interesa el status jurídico de cada de grupo, su relación con el monarca, para poder tratar después los ámbitos de sus actividades profesionales en la corte. Estas actividades constituyen el tema central de nuestro trabajo. Las cuestiones a las que tratamos de responder son siguientes:
· Las ocupaciones típicos de los jud íos y de los musulmanes y de ahí sus servicios principales prestados a los reyes;
· ¿Por qué estos servicios eran imprescindibles o podrían ser útiles para los reyes cristianos?
· ¿Por qué eran poderosos en la corte (principalmente los jud íos ), y a través de qué vía llegaron a la corte;
· Positivos y negativos imágenes de los cortesanos.
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Contenido
Introducción
1. Llegada de judíos a los reinos cristianos
1.1. causas de la llegada
1.2. ¿por qué los judíos podrían ser útiles para los reyes cristianos?
1.3. status jurídico de los judíos
2. Los moros en los reinos cristianos
2.1. mudéjares y moriscos: terminología
2.2. status jurídico de los moros
2.3. los moros como contribuyentes
3. Los judíos en la corte del rey cristiano
3.1. los judíos en la administración financiera
3.2. médicos
3.3. diplomáticos, embajadores, intérpretes
3.4. hombres de ciencia: filósofos, astrónomos, etc.
3.5. poetas
4. Los moros en la corte del rey cristiano
4.1. los poderosos de la aljama y sus vínculos con los reyes cristianos
4.2. traductores y intérpretes de la Corona
4.3. poetas, juglares y músicos
4.4. trabajo en la construcción: albaniles
4.5. médicos
5. Formas de actitudes en la corte. Los cortesanos
Conclusión
Introducción
Lo primero que hay que hacer al analizar la presencia judía y musulmana en la corte de los reyes cristianos es situarla espacial y cronologicamente.
Desde el punto de vista cronológico, es razonable analizar a ambos grupos a partir de la toma de Toledo en 1085, pero fue en los siglos XII y, sobre todo, el XIII cuando ambos grupos alcanzaron su plenitud. El período de su presencia en la Espana cristiana acabó con la expulsión de los judíos en 1492 y los musulmanes en 1609. Sin embargo, no es posible tratar todo el periodo de la presencia judía y musulmana en la Espana cristiana, el cual dura unos siglos, en el marco de este trabajo. Además, el contenido del trabajo depende de la literatura y las fuentes accesibles. Por esta razón, el trabajo se centra en primer lugar en la segunda mitad del siglo XIII, en el tiempo del reinado de Alfonso X y de Sancho IV. En cuanto a los musulmanes hay que anadir que tratamos además el siglo XV debido a los datos accesibles.
Espacialmente, el trabajo se centra principalmente en dos reinos: en el reino de Aragón y en el reino de Castilla. Tratando el caso de los musulmanes, analizamos sobre todo los reinos de Aragón y Valencia, donde ellos (llamados por «mudéjares») fueron un elemento consustancial en la sociedad medieval.
La finalidad de este trabajo es poner de relieve las características generales de ambos grupos – de judíos y de musulmanes – en los reinos cristianos. En el marco de este trabajo nos interesa el status jurídico de cada de grupo, su relación con el monarca, para poder tratar después los ámbitos de sus actividades profesionales en la corte. Estas actividades constituyen el tema central de nuestro trabajo. Las cuestiones a las que tratamos de responder son siguientes:
- Las ocupaciones típicos de los judíos y de los musulmanes y de ahí sus servicios principales prestados a los reyes;
- ¿Por qué estos servicios eran imprescindibles o podrían ser útiles para los reyes cristianos?
- ¿Por qué eran poderosos en la corte (principalmente los judíos ), y a través de qué vía llegaron a la corte;
- Positivos y negativos imágenes de los cortesanos.
Historiagrafia: La obra principal sobre los judíos en la Espana cristiana son, en primer lugar, dos volúmenes del trabajo de Yitzhak Baer, la obra clásica respecto a los judíos en dicho período histórico. También es imprescindible senalar el trabajo de Américo Castro «Espana en su historia. Cristianos, moros y judíos», donde el autor, entre otras cosas, analiza la influencia musulmana y judía en Espana de entonces. Esta obra contiene datos importantes sobre las ocupaciones de los judíos en general así como en la corte de los reyes cristianos. Además, es importante mencionar la obra de Haim Beinart «Los judíos en Espana» que contiene datos interesantes sobre los cortesanos judíos.
La obra principal sobre los musulmanes en la Espana cristiana, utilizada en este trabajo, es «Los mudéjares. La voz del Islam en la Espana cristiana» de José M. Montalvo. El autor se centra en el análisis de la vida mudéjar en la Espana cristiana, informándonos sobre las ocupaciones de los mudéjares en reinos diferentes. También el trabajo de Claudio Sánchez-Albornoz «El Islam de Espana y el Occidente» da informaciones sobre «el árte mudéjar», dado que los musulmanes a menudo trabajaron para los reyes cristianos, construyendo y renovando sus palacios. Asimismo, hay que anadir unas fuentes sacadas del Internet que tratan el tema de los musulmanes en dicho período. En general, la literatura y las fuentes accesibles sobre los musulmanes en la Espana cristiana, y particularmente sobre ellos en la corte de los reyes, son bastante raros, lo que hace dificil de responder objetivamente las preguntas puestas a principios de este capítulo.
1. Llegada de judíos a los reinos cristianos
1.1. Causas de la llegada
Los judíos eran poco numerosos en los reinos cristianos de la Península. Los cristianos los rechazaban por su amistad con los árabes y por la ayuda que les prestaban. Por otra parte, a los hebreos no les gustaba vivir entre los cristianos por la pobreza de éstos y por el mal recuerdo que guardaban los visigodos. Con la reconquista de los reinos por los reyes cristianos los judíos se quedaban en las ciudades conquistadas, como en Toledo (conquistado en 1085), Córdoba, Sevilla y otras.
Las invasiones de los almorávides y de los almohades en los siglos XI y XII fueran seguidas de medidas muy rigorosas contra los judíos que vivían en territorio islámico, forzándolos a la emigración o a la conversión. Muchos judíos fingieron dicha conversión. Ya en 1066 hubo en Granada una matanza que costó la vida de millares de hebreos[1]. De ahí que la mayoría de la población cruzara la frontera acogiéndose al fuero de protección recientemente dictado por Alfonso VI. Durante algunos anos funcionó cerca de Calatrava un verdadero campo de refugiados desde donde los judíos eran posteriormente distribuidos por las diferentes juderías ya constituidas o en trance de formación. Toledo fue la más favorecida.
1.2. ¿Por que los judíos podrían ser útiles para los reyes cristianos?
Del éxodo (especialmente desde 1141) de los judíos hacia el norte beneficiaron en gran medida los reinos cristianos: Alfonso VI, que había iniciado una política de anexión de taifas y contemplaba en los almorávides sus peores enemigos, favoreció el movimiento migratorio de los judíos. También tropas judías tomaron parte en la guerra contra los almorávides. Por otro lado, la guerra continua había dejado el país en ruinas y era necesario repoblar las áreas devastadas y promover el comercio en las ciudades. En la sociedad cristiana sólo poco a poco aumentaba el número de burgueses, cuya extracción procedía bien de los caballeros expertos en la guerra, bien de la oprimida gente del campo. En este sentido, los judíos, que ya habitaban en las ciudades, podrían ser útiles.
Los judíos aportaron a la construcción de la nueva monarquia su experiencia financiera y bienes muebles que invirtieron en compra de tierras, tenían capacidad económica para adelantar las grandes sumas para continuar la Reconquista a través del pago de los impuestos. Las aljamas pagaban una contribución por cabeza, y además daban diezmo a la Iglesia. El rey, por consiguiente, interesaba mucho que el hebreo no se empobreciese. En Castilla durante los reinados de Alfonso X y Sancho IV las aljamas de Castilla contribuían con 6.000 maravedís diarios (2.190.000 al ano) en concepto de tributo personal.[2] Aparte de esto, pagaban los impuestos extraordinarios. En Aragón: el impuesto fijo (el pecho) que pagaban los judíos suponía entonces el 22% de total de los impuestos directos que satisfacían cristianos, judíos y musulmanes todos juntos. A éstos hay que anadir los tributos temporales, que eran bastante frequentes, y los préstamos forzosos que se exigían a los judíos en caso de guerra, misiones diplomáticas, etc.[3]
La sociedad espanola reconquistadora estaba mal dotada tecnicamente y cientificamente, de ahí que los judíos pudieran suplir las dificiencias profecionales: ellos eran peritos en el comercio y artesanía y ejecutaron el papel de intermediarios entre reinos cristianos y costas mediterráneas; poseían experiencia en la administración y en las finanzas públicas cuando sirvieron para los musulmanes; sabían desempenar tareas diplomáticas dado que hablaban varios idiomas, sobre todo el árabe, y a veces conocían a personas claves con las cuales tenían que negociar. Asimismo, conocían la naturaleza del territorio conquistado, su organización administrativa y las costumbres de sus habitantes.
Las razones políticas y económicas no eran las únicas que incitaban a los reyes cristianos a servirse de los judíos. También la influencia de la alta civilización árabe les movía a buscar consejeros y ayudantes educados en esa cultura. Los conquistadores cristianos tenían ante sus ojos el ejemplo de los príncipes árabes. En los pequenos reinos de taifas, de los que los cristianos eran herederos, los judíos habían desempenado cargos en la administración del Estado y hombres de ciencia judíos habían estado vinculados a la corte de aquellos soberanos. El prestigio que irradiaba de las obras científicas constituía un factor importante en la vida política. A través de los judíos se reflejaba el prestigio de la vida islámica, con la ventaja de no ser musulmanes y de poseer una creencia y una moral mucho mas próximas a las de los cristianos, como lo comentaba A. Castro. Reyes y senores depositaron en ellos su confianza, por ejemplo, cuando Alfonso VI envió una embajada a Al-Mu´tamid de Sevilla para recaudar las parias o tributo debido, el encargado de recibir el dinero fue el judío Ibn Šālib.[4]
Todas estas razones indujeron a los príncipes cristianos a favorecer a los judíos, que por otro lado eran los únicos de quienes podían confiar que les servirían fielmente, ya que no podían fiarse ni de los musulmanes, que permanecían leales a sus intereses nacionales y religiosos, ni de caballeros cristianos, siempre prestos a alzarse contra el monarca. Los judíos, por su parte, se apresuraron a pasarse al campo del vencedor cristiano, cuyo poder iba en aumento.
1.3. Status jurídico de los judíos
El status jurídico de los judíos era dificil de explicar. No podían formar parte del reino, entendido como comunidad, porque carecían de la condición esencial del mismo, esto es, la fe católica. En los documentos se explica[5] que se les tolera únicamente con la esperanza de que viendo a los cristianos comprendiesen su error y reconosiesen a Jesús como Mesias. Su relacin con los reyes es meramente de huéspedes del territorio, y abonan una contribución más elevada que los súbditos cristianos, en razón de esta hospitalidad que no pierde nunca del todo la provisionalidad. Los monarcas tendían a defenderlos porque esas contribuciones constituían para ellos una importante fuente de ingresos.
«Et bien sabedes que todos los judios e lo que han es moi, e si esto passase contra ellos, que serienestragadose non podrian complir los mios derechos»[6], dice Fernando IV. En esta frase, repetida constantemente por los reyes, se contiene el significativo material de la protección regia a los judíos.
Los judíos se convierten en los «hombres del rey» o «los siervos del rey», una fórmula de vasallaje que tenía un fundamento remoto de tipo teológico en las doctrinas de Augustín de Hipona. El fuero de Teruel de 1176 transmite la formula en expresión de la época: «Los judíos son esclavos – servi – de la Corona y pertenecen exclusivamente al tesoro real». Este sentido de protección fue siempre manifestado por los monarcas, por ejemplo, Juan II en un documento del ano 1443 dice: «los judios et moros son propios et casa mia et de mi camara, ca Yo los tomo, et recibo en mi guarda, et so mi seguroet amparo, et defendimiento real».[7]
Resumiendo: El interés del rey por la comunidad judía radicaba básicamente en dos aspectos: en su conjunto y en la relevancia de alguno de sus miembros. Por un lado, los judíos eran un grupo leal a la corona y dispuesto a sufragar las necesidades económicas del monarca. Por otro lado, había judíos que influyeron en gran medida en el rey: médicos personales, miembros del consejo, altos funcionarios, banqueros, etc.
2. Los moros en los reinos cristianos
2.1. Mudéjares y moriscos: terminología
Antes de analizar las actividades de los moros en la corte del rey cristiano, es necesario dar unas definiciones en relación con los representantes del Islam en Espana medieval asií como dar una característica general del todo grupo en común.
Mudéjares, moros, saracenos
Los mudéjares (del ar.: mudayyan = domesticado, domeñado) eran los musulmanes de los reinos hispanos medievales a quienes se les permitía quedarse en su lugar de residencia, bajo determinadas condiciones. Esta categoría comenzó a ser común a partir de la toma de Toledo en 1085, y el dominio castellano fue implantado en el por Alfonso VI. En la Corona de Aragón sucedía algo parecido tras la toma de Zaragoza efectuada en 1118 por Alfonso I el Batallador. A partir de ese momento existió la condición de mudéjar, pero no la denominación. En los documentos oficiales o privados, escritos en latín y en romance que hacen referencia a los mudéjares, se ignora absolutamente dicho término, se habla de forma imprecisa de moros o sarracenos. Las morerías y aljamas en ese tiempo van a ser algo así como ghettos de las ciudades cristianas, acentuándose con ello el aislamiento de los mudéjares.
Moriscos
En el siglo XV, la política de los reyes de Castilla y Aragón se tornó violentamente represiva, especialmente con la llegada a Granada del cardenal inquisidor Francisco Jiménez de Cisneros (1436-1517). Cisneros impuso la cristianización de los musulmanes por la fuerza, inició persecuciones, ordenó la quema de ocho mil manuscritos islámicos en la puerta de Bibarrambla, en el acceso a la Alhambra, en l499, y expulsar a quienes no se convirtieran al cristianismo. Por esa época había dos clases de musulmanes: los unos eran mudéjares viejos , y los otros, los granadinos, nuevos o moriscos.
2.2. Status jurídico de los moros
A lo largo de la Reconquista, los reyes cristianos concluyen pactos de capitulación con los musulmanes. Las condiciones de capitulación fueron muy benignos, lo que confirman también las fuentes árabes.[8] Casi de forma general los musulmanes conservaron vida y haciendas, permaneciendo en sus lugares de residencia, mantuvieron su antiguo régimen tributario y legal. En suma, en virtud de los acuerdos concertados con los reyes, los musulmanes pudieron permanecer por lo regular en sus lugares de origen en calidad de sometidos, gozando de un especial status jurídico que les garantizaba, además de la libertad personal, el respeto a su religión y a sus costumbres, el mantenimiento de su régimen fiscal y la propiedad plena de sus tierras y casas. El dominio cristiano se refería, sobre todo, a los aspectos militares y políticos.
[...]
[1] Castro A., p. 451
[2] Castro A., p. 489
[3] Baer, I, p. 144
[4] Castro, A., p. 451
[5] Historia de Espana, vol. VI, p. 342
[6] Monsalvo Anton J. A.: Teoría y evolución… p. 82.
[7] Judíos, moros, cristianos bajo la autoridad del rey, p. 262, en: Memoria de Sefarad
[8] Salgado, F. M. (edit.): Espana. Al-Andalus. Sefarad: Síntesis y nuevas perspectivas, p. 132
- Citation du texte
- Irina Romanova (Auteur), 2004, Judios y moros en la Corte del rey cristiano, Munich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/36305
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