El presente trabajo investigativo expone la historia en los Procesos de Paz en Latino America y particularmente en Colombia. Además, se analiza el estado actual dentro del tan criticado Proceso de Paz en Colombia.
Al inicio se realizan unas precisiones referentes al significado de la expresión “Proceso de Paz”, pues nos encontramos frente a un término que seguramente se utilice de forma cotidiana, pero que es, casi seguro afirmar, que gran parte de los receptores de dicha información, no tienen un conocimiento suficiente de su significado real; entonces resulta de vital importancia, determinar unas nociones básicas para obtener un mejor entendimiento.
A continuación se presentan varios Estados que se han visto involucrados en Procesos de Paz, con diferentes actores insurgentes de ideologías distintas, quizá unas de Izquierda y otras de Derecha, pero sin duda alguna, todos grupos insurgentes, perpetradores de actos en contra de la población civil, que cometen delitos de lesa humanidad; lo anterior, implica la existencia de un común denominador entre todos estos grupos, un elemento que podríamos denominar como terrorismo.
No es necesario remitirnos a fronteras lejanas para encontrar casos de Procesos de Paz, pues en Latinoamérica se han presentado diversos casos de Justicia Transicional, específicamente en los Estados de Nicaragua, El Salvador y Guatemala, y como es de saber, Colombia.
La segunda mitad del trabajo se enfoca en la historia y la situación actual de los Procesos de Paz en Colombia. Colombia no solo es un País reconocido por sus innumerables intentos para alcanzar la Paz con los grupos al margen de la Ley que han participado en el conflicto, sino que también, es referente en cuanto a la implementación y adaptación de diversos modelos novedosos en cada uno de sus procesos.
ÍNDICE
1. INTRODUCCIÓN ‘’El Proceso de Paz en Colombia’’
2. PRECEDENTES HISTÓRICOS EN LATINOAMERICA
2.1 Caso Nicaragua.
2.2 Caso El Salvador
2.3 Caso Guatemala
3. EL GÉNESIS DE LOS GRUPOS ARMADOS EN COLOMBIA
3.1 Las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia ‘’FARC’’
3.2 El Ejercito de Liberación Nacional ‘’ELN’’
3.3 El Ejército Popular de Liberación ‘’EPL’’
3.4 Movimiento 19 de Abril ‘’M19’’
3.5 Las Autodefensas Unidas de Colombia ‘’AUC’’
4. LOS PROCESOS DE PAZ EN COLOMBIA, ALGO MÁS DE TRES DÉCADAS EN INTENTOS FALLIDOS
4.1 Gobierno Belisario Betancur
4.2 Gobierno Virgilio Barco
4.3 Gobierno Andrés Pastrana
4.4 Gobierno Álvaro Uribe Vélez
5. DATOS HISTÓRICOS DE LAS DESMOVILIZACIONES DE JUS- TICIA Y PAZ
6. COLOMBIA Y SU ACTUAL PROCESO DE PAZ
6.1 Legitimidad del Estado
6.2 Constitucionalidad del Proceso de Paz
6.3 ¿Nuevo Marco Jurídico para la Paz, una Legislación Innecesaria?
6.4 ¿El Marco Jurídico para la Paz conforme al Estatuto de Roma?
6.5 Un Análisis a las Políticas del Gobierno Santos.
6.6 Posición del Procurador General de la Nación Frente al Proceso de Paz
7. CONCLUSIONES
1. EL PROCESO DE PAZ EN COLOMBIA
No podemos dar inicio al desarrollo de esta investigación, sin antes realizar unas precisiones referentes al significado de la expresión “Proceso de Paz”, pues nos encontramos frente a un término que seguramente se utilice de forma cotidiana, pero que es, casi seguro afirmar, que gran parte de los receptores de dicha información, no tienen un conocimiento suficiente de su significado real; entonces resulta de vital importancia, determinar unas nociones básicas para obtener un mejor entendimiento Es menester entonces, iniciar precisando el significado de “Proceso de Paz”, y para tener más fundamento, entendámoslo como Justicia Transicional, conjun- to de herramientas creadas por el aparato Estatal, encaminadas a dar solución a una situación previa. No se trata entonces de las herramientas de la Justicia Ordinaria, ya que posee un carácter transicional, es decir, Justicia que está conformada para cambiar una situación previa, y que pretende como fin últi- mo, dar transición a dicho problema para atender una nueva situación fáctica, ajustándose a un nuevo y particular ordenamiento jurídico que haga posible la concreción de los fines del proceso.
Podemos identificar la Justicia Transicional, a primera vista, como una excep- ción, puesto que se trata de un conjunto de herramientas creadas con la finali- dad de solucionar un conflicto, aparentemente insoluble con la normatividad vigente. No obstante, el mencionado planteamiento no se enmarca en una re- solución de conflictos entre ciudadanos, ni tampoco entre ciudadanos y el Es- tado; contrario sensu, se presenta frente a situaciones provocadas por grandes grupos criminales al margen de la Ley, generalmente conocidos como guerri- llas, ya sean de ideología de izquierda, de extrema derecha o simples grupos terroristas, los cuales sistemáticamente atentan contra los Derechos Humanos, y cometen delitos de Lesa Humanidad, tales como masacres, secuestros, tortu- ras, desapariciones forzadas, entre otros. Dichos grupos, también pueden tener fines meramente políticos como el golpe de Estado hacia el gobierno o la abo- lición de un Régimen. Nuestro trabajo, busca de alguna manera, establecer como premisa mayor, en donde se puede ubicar el caso de Colombia.
Podemos determinar entonces, que lo esencial para la configuración de la Jus- ticia Transicional, es que nos encontremos frente a una situación que venga afectando de hace algún tiempo, el equilibrio o el orden social, y en concor- dancia con lo anterior, que la población, incluyendo en esta los servidores del Estado, se vean afectados directamente, víctimas de actos de Lesa Humanidad, que en consecuencia, vulneran directamente los derechos humanos.
La Justicia Transicional es aquella que el estado decide conformar, con una finalidad única y especial: Darle fin a un conflicto que inveteradamente atenta contra el orden nacional, la población y el Estado, y bajo el cual se vulnera gravemente el Derecho Internacional Humanitario. Sin embargo, no solo se trata de finiquitar el conflicto, sino que también aborda una finalidad más pro- funda, que debemos entender como un conjunto de herramientas jurídicas que se conforman con el sometimiento a la Justicia, de los perpetradores de las conductas anteriormente descritas, con planes de reparación para las víctimas, y por último, con el establecimiento de procedimientos Post-Conflicto para evitar su metástasis y poder garantizar la reinserción a la sociedad de los inte- grantes de los grupos que hayan cumplido con las penas que esta Nueva Justi- cia establezca.
Es de valiosa importancia citar una publicación de la Universidad de Stanford, sobre los Procesos de Paz en Latinoamérica, la autora Cynthia J. Arnson, defi- ne estos los Procesos como “Los diálogos que se realizan con los representan- tes de las fuerzas combatientes, con o sin intermediarios, con el propósito de asegurar un final a las hostilidades en el contexto de acuerdos estrictamente militares; lo anterior quiere decir que los Procesos de Paz envuelven un es- fuerzo para terminar confrontaciones armadas, llegando a un acuerdo que toque algunos puntos de desacuerdo políticos, económicos, sociales y étnicos, puntos de desacuerdo que dieron lugar al origen del conflicto”.1
Según la cita anterior, un Proceso de Paz, deriva de conflictos en donde se destaca principalmente que la insurgencia armada nace, en principio, por in- justicias que no se lograron solucionar en el sistema político, quizá por no dar- le relevancia a determinada problemática que a futuro sería el detonante de un conflicto.
Podemos resumir entonces, la definición de Proceso de Paz o Justicia Transi- cional, como un novedoso marco jurídico creado para tener una vía de discu- sión o negociación entre el Gobierno Nacional y los grupos de carácter insurgente que actúan por fuera de la Ley, los cuales tuvieron en un principio, razones para estar inconformes con el régimen de su Nación. El objetivo en- tonces de un Proceso de Paz, será la posibilidad de discutir con el Gobierno, las más trascendentales discrepancias para dar término al conflicto armado.
2. PRECEDENTES HISTÓRICOS
Varios han sido los Estados que se han visto involucrados en Procesos de Paz, con diferentes actores insurgentes de ideologías distintas, quizá unas de Iz- quierda y otras de Derecha, pero sin duda alguna, todos grupos insurgentes, perpetradores de actos en contra de la población civil, que cometen delitos de lesa humanidad; lo anterior, implica la existencia de un común denominador entre todos estos grupos, un elemento que podríamos denominar como terro- rismo.
No es necesario remitirnos a fronteras lejanas para encontrar casos de Procesos de Paz, pues en Latinoamérica se han presentado diversos casos de Justicia Transicional, específicamente en los Estados de Nicaragua, El Salvador y Guatemala, y como es de saber, Colombia.
2.1. CASO NICARAGUA
El movimiento que se vio en Nicaragua, tuvo componentes exógenos de gran importancia, como fue el apoyo de Estados Unidos al grupo de los Contra, por medio del patrocinio económico y el respaldo militar, proporcionando armas y guías de entrenamiento. Dicha ayuda fue efectivamente probada en la Corte Internacional de Justicia en 1984.
En cuanto a la búsqueda de una transición, después de muchos intentos de ne- gociaciones, se logró un acuerdo que tuvo el resultado esperado; el grupo in- surgente de Los Contra dejó las armas a cambio de promesas realizadas por el Gobierno, dentro de las cuales se incluía el otorgamiento de tierras, créditos, y la participación en la Política local. Desafortunadamente, no se puede afirmar de lleno, que en Nicaragua se puso fin al conflicto con el último acuerdo, pues sin duda, las repercusiones económicas de la guerra, la poca estructura de las instituciones políticas, y el no cumplimiento de lo pactado por las partes del conflicto, abrieron camino al recrudecimiento de la violencia.
En Nicaragua no existió un plan concreto de Post-Conflicto. En consecuencia, no hubo una reinserción de los desmovilizados en armas, lo cual se evidenció en la situación persistente de violencia y delincuencia común, perpetuada por la ausencia de las instituciones de Justicia Estatal y en general, por la poca efectividad del sistema de transición; fallas que se manifestaron en ese entonces y que desafortunadamente persisten en la actualidad.
2.2. CASO EL SALVADOR
En el caso de El Salvador, el acuerdo de paz entre el Gobierno y el Frente Fa- rabundo Martí de Liberación Nacional, fue firmado el 16 de enero de 1992 luego de muchos años de violencia. Con el fin de lograr la firma de este acuerdo, el Gobierno realizó grandes esfuerzos, entre ellos, algunas reformas institucionales entre las cuales se pedía la implementación de una nueva institución de policía nacional. Es menester aludir a la intervención directa de la Organización de las Naciones Unidas en este Proceso de Paz, la cual, por primera vez, desempeñó un papel importante en la mediación de negociacio- nes de paz y tuvo como misiones principales la supervisión sobre los Derechos Humanos en un conflicto Latinoamericano.
Tras la firma del último acuerdo, el Gobierno Salvadoreño no cumplió con algunos de los requerimientos solicitados en el acuerdo, y desafortunadamen- te, en la actualidad, El Salvador continua siendo uno de los países de Latino- américa con uno de los más altos índices de violencia.
2.3. CASO GUATEMALA
En Guatemala, las negociaciones para alcanzar la paz con los Grupos Insurgentes, remontan sus raíces a 1986 con el primero de muchos pactos previos a la verdadera desmovilización de los grupos armados al margen de la Ley en Guatemala, debido a que fue necesaria una década de esfuerzos del Estado en el Proceso de Paz, para que finalmente, en el año de 1996, se lograra firmar un último acuerdo con la guerrilla.
El pacto negociado y firmado por el Gobierno y la guerrilla cubría aspectos humanos y socioeconómicos, como un diseño novedoso de transformación social. En el caso de Guatemala, la ONU también tuvo una injerencia directa en el Proceso de Paz y en las verificaciones sobre el cumplimiento de las par- tes. Otro de los elementos distintivos en este caso de Justicia Transicional, se presentó en las conversaciones privadas sostenidas entre el ejército y la guerri- lla, las cuales propiciaron un acercamiento pacífico, que desvaneció las múlti- ples desconfianzas y discrepancias entre las partes. Como consecuencia dire- cta de las anteriores particularidades en conjunto, el Gobierno del entonces Presidente Álvaro Arzú, dio fin a más de tres décadas de enfrentamientos, con proyección futura de su efecto político, puesto que los gobiernos que entraron a regir luego de Arzú, también se comprometieron a mantener una línea de continuidad similar de seguimiento al proceso de paz.
3. EL GÉNESIS DE LOS GRUPOS ARMADOS EN COLOMBIA
Desde hace medio siglo, Colombia vive inmersa en la violencia y el conflicto armado, situación que no ha podido ser solucionada de manera efectiva, debi- do en gran parte a la justicia incompleta agenciada por las instituciones estata- les y, en algunos casos, a la ausencia dominante del Gobierno en el territorio nacional.
Se considera pertinente para lograr un mayor entendimiento del presente trabajo investigativo, presentar una ilustración general sobre los grupos insurgentes más relevantes que han sido partícipes del conflicto armado colombiano, teniendo en cuenta elementos como su surgimiento, desarrollo histórico y componente ideológico.
3.1. FUERZAS ARMADAS REVOLUCIONARIAS DE COLOMBIA ‘’FARC’’:
Esta es la organización terrorista de mayor poder y trayectoria en la historia del conflicto armado, inicia como una guerrilla liberal influenciada por el Partido Comunista Colombiano, que se asentaba en el departamento del Tolima y se autoproclaman de ideología marxista-lenista.
Actualmente es el grupo guerrillero con mayor número de integrantes, según cifras entregadas por el Gobierno Nacional, las FARC cuenta con 7.800 integrantes en la actualidad.
En 1953 el Gobierno Militar de Gustavo Rojas Pinilla ofreció una amnistía a los miembros de este grupo insurgente, sin embargo, aquellos guerrilleros del sur que no acogieron dicho beneficio, terminaron combatiendo el Estado, a finales de ese mismo año, en ocasión de un ataque vehemente a la región del cauca, donde también se ubicaban algunas de sus columnas.
Alrededor de 1955, las filas de las FARC alcanzaban los 130 hombres, quienes seguían las órdenes de sus fundadores Jaime Guaracas y Pedro Antonio Marín, mejor conocido como "Manuel Marulanda Vélez". No obstante, las tensiones entre los liberales puros y los comunistas, llevaron a una disolución casi total de la guerrilla comunista, quedando esta reducida a 75 hombres, quienes eventualmente fueron derrotados por el Estado.
En 1960, Jacobo Prias Alape, un personaje cercano a Manuel Marulanda, es asesinado por los liberales, lo cual llevo a que "Manuel Marulanda" regresara al campo a desarrollar e impulsar sus propuestas beligerantes. Este rearme de la guerrilla liberal se vio reflejado en la "Primer Conferencia Comunista" or- ganizada en Marquetalia, ubicación semi-permanente de "Tirofijo Marulanda", en 1961; sin mencionar, el ingreso de "Jacobo Arenas" como ideólogo de estos grupos al margen de la Ley.
Tres años después, este mismo territorio, el 14 de Mayo se dio inicio a la "Operación Marquetalia", por la cual el Estado Colombiano con el apoyo del Gobierno Estadounidense, ejecuto un contundente ataque militar hacia las FARC. La respuesta directa del líder de las FARC, "Manuel Marulanda", a dicha ofensiva, fue la declaración oficial de guerra contra el aparato estatal, en sus propias palabras, "“El gobierno nos ha decretado una guerra que se puede prolongar por muchos años”.Consecuentemente, en 1964 se concreta y se con- firma el carácter beligerante de las FARC, ante la Nación colombiana.
3.2. EJÉRCITO DE LIBERACIÓN NACIONAL ‘’ELN’’
El ejército de Liberación Nacional es grupo guerrillero actualmente activo con tendencias a una ideología marxista- lenista y pro revolución cubana; dicha ideología se transfiere a elemento como el uso de la lucha armada con la fina- lidad se asegurar los requerimientos sociales del pueblo frente a su explota- ción; dicen combatir los fallos e injusticias de la Democracia, de la cual no tienen credibilidad.
El ELN ha tenido presencia a lo largo de su historia en los departamentos de Santander y Norte de Santander; en el Sur de Bolívar, Arau- ca, Cesar, Antioquia, Cauca, Nariño y Valle del Cauca, entre otros.
Este grupo guerrillero fue conformado en el año de 1964. Se considera que el ELN puede tener aproximadamente unos 1.500 integrantes, según cifras entregadas por el Ministerio de Defensa.
El ELN es considerado como grupo terrorista por Colombia, Estados Unidos y la Unión Europea; en el 2008 el entonces Presidente de Venezuela, Hugo Chávez, reclamó, sin éxito, el status de grupo beligerante para el ELN y que no se les considerara terroristas.
3.3. EJERCITO POPULAR DE LIBERACIÓN ‘’EPL’’
Es otro grupo de carácter guerrillero, de ideología Marxista - Leninista - Maoísta.
Fundado en el año de 1967 en Antioquia, Córdoba y Sucre y en la región del Magdalena Medio, este grupo guerrillero opera en conjunto con el ELN y las FARC.
Se le llegó a considerar como el tercero en tamaño en el País, luego de las FARC y el ELN.
En 1991 el EPL se desmovilizó sólo en un 80%, pues el otro 20% continuó con su lucha armada; actualmente se considera grupo de menor importancia debido a su reducido tamaño, pero sin embargo operan conjuntamente con las FARC y el ELN lo que agrava su participación lesiva del orden público y mayor daño a la población.
3.4. MOVIMIENTO 19 DE ABRIL ‘’M19’’
Este grupo se fundó en 1970, como consecuencia de un supuesto fraude electoral en las elecciones presidenciales; argumentaban el robo de las elecciones contra el candidato General Gustavo Rojas Pinilla.
Los representantes del ala socialista de la Alianza Popular, Jaime Bateman Cayón, Álvaro Fayad, Iván Marino Ospina y Luis Otero Cifuentes, junto con Carlos Toledo Plata, Israel Santamaría, Andrés Almarales, Everth Bustamante García, e Iván Jaramillo integraron el 'Movimiento 19 de abril'.
El M-19 se dio a conocer por medio de irónicas campañas publicitarias en los periódicos de Bogotá por medio de anuncios que contenían frases relacionada con enfermedades como "falta de energía…inactividad? espere", "parásitos... gusanos? espere", "decaimiento... falta de memoria? espere" o "ya llega", seguidas todas por un símbolo de dos triángulos unidos y la sigla M19.
Luego de las anteriores campañas, el M19 cometió el robo de la espada de Bolívar, cuando se tomaron la Quinta de Bolívar el 17 de enero de 1974, pro- clamaron junto al robo de la espada la siguiente frase "Bolívar, tu espada vuelve a la lucha" junto con su consigna de combate "Con el pueblo, con las armas, al poder".
En 1985 el M-19 realizó su operación más sonada, la toma del Palacio de Jus- ticia, acto que actualmente es controvertido y considerado como barbarie por la opinión pública. El 6 de noviembre de 1985 un comando del M-19 integra- do por 35 guerrilleros bajo el mando de Andrés Almarales, invadió con armas el Palacio de Justicia en la Plaza de Bolívar en Bogotá, tomando rehenes con la finalidad de exigir se citase al Presidente de la República, Dr. Belisario Be- tancur para un juicio determinado por ellos mismos. El Ejército Nacional re- accionó y se provocó una confrontación armada, en medio de la cual se elimi- naron la mayoría de los miembros del comando guerrillero y según los cálcu- los oficiales otras 53 personas civiles debido al fuego cruzado indiscriminado entre las partes como consecuencia de la acción militar, en lo que podría con- siderarse como una masacre. Lo más lamentable de esta nefasta acción guerri- llera fue el aleve y cobarde asesinato, a sangre fría, de nueve magistrados de la Corte Suprema de Justicia.
3.5. AUTO DEFENSAS UNIDAS DE COLOMBIA‘’AUC’’:
En 1989, los hermanos Castaño, Vicente, Fidel y Carlos, deciden conformar un grupo armado ilegalmente, con el fin de vengar la muerte de su padre, quien fue previamente secuestrado, torturado y asesinado por la guerrilla de las FAR. Con el respaldo económico de otras familias campesinas, logran conformar un pequeño grupo antiguerrilla conocido como MAS, muerte a secuestradores, con el concurso de grupos de reconocidos narcotraficantes. Al lograr un par de misiones exitosas con este grupo, los narcotraficantes deciden apoyarlos con un considerable número de hombres armados y grandes sumas de dinero; Se conforman de esta manera Las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá ‘’ACCU’’.
Las Autodefensas Unidas de Córdoba y Urabá logran abrirse campo en el de- partamento de Córdoba y la región de Urabá y limpian amplias zonas azotadas por las FARC. Los campesinos, empresarios e incluso la Policía y las Fuerzas Militares de esas regiones, comienzan a creer en ellos, otorgándoles, según algunos, apoyo económico, moral y, de pronto, colaboración de las Fuerzas Armadas.
En 1990, el Presidente de la República, Ernesto Samper, crea las Cooperativas de Vigilancia, conocidas como CONVIVIR; a través de esa nueva Ley, los campesinos y los hacendados tenían el aval del Gobierno para defender su gente, sus tierras y demás propiedades que podían ser objeto del acoso de las Guerrillas. Las Convivir contaban con el legal derecho para el porte de armas y equipos de comunicación de uso exclusivo de las Fuerzas Militares, con la finalidad de proteger sus comunidades y colaborar en la lucha contrainsurgen- te.
Con el apoyo legal de las Convivir, las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá, obtuvieron una plataforma para su crecimiento; en menos de una década, se expandieron a la mayoría de departamentos del territorio nacional, conformado por distintos bloques dedicados a operaciones antiguerrilla.
En ese entonces, su comandante, Carlos Castaño, debido al gran crecimiento de la organización, decide crear las Autodefensas Unidas de Colombia ‘’AUC’’ para tener un nombre que englobara todos los bloques expandidos en el territorio nacional.
En 1996 el Presidente Ernesto Samper decide retirar el apoyo a las Convivir debido a su transformación en las Autodefensas Unidas de Colombia, las cua- les se transformaron en un grupo terrorista que cometía actos de barbarie y de lesa humanidad, de tal forma, que se igualaron a las guerrillas que pretendían en derrotar en un principio. Por consiguiente, en 1997 debido a una demanda de inconstitucionalidad a la Ley que reconocía a las Convivir, la Corte Cons- titucional resolvió que dichas Convivir debían ser reconocidas, pero debían entregar las armas y equipos de comunicación al Ejercito Nacional, al ser es- tos los únicos legitimados para tenerlos.
4. LOS PROCESOS DE PAZ EN COLOMBIA, ALGO MÁS DE TRES DÉCADAS EN INTENTOS FALLIDOS
Ahora bien, teniendo las bases fundamentales que nos otorga el precedente de estos tres Estados Latinoamericanos, podemos entrar en detalle en el caso colombiano, uno de los más complejos y especiales de esta naturaleza. Colombia no solo es un País reconocido por sus innumerables intentos para alcanzar la Paz con los grupos al margen de la Ley que han participado en el conflicto, sino que también, es referente en cuanto a la implementación y adaptación de diversos modelos novedosos en cada uno de sus procesos.
4.1. GOBIERNO BELISARIO BETANCUR
La historia comienza a partir del año 1982 con el Gobierno del entonces Presidente Belisario Betancur, quien dio el primer paso a lo que serían decenas de años, muchos intentos e innumerables vidas perdidas en la búsqueda de una verdadera Justicia Transicional, que convalezca el conflicto armado que viene desangrando inveteradamente el corazón de nuestra patria.
Como se hizo alusión, en 1982 se da inicio al entramado camino que represen- ta alcanzar la Paz en Colombia, con el primer Jefe de Estado que dio curso a negociaciones con los grupos insurgentes, Belisario Betancur. Es importante destacar que en esa negociación se incluyeron, sin duda, la gran mayoría de los grupos insurgentes al margen de la Ley de la época, Las fuerzas armadas revolucionarias de Colombia ejercito del pueblo (FARC), Ejército Popular de Liberación (EPL), Movimiento 19 de Abril (M19) y El Ejército de Liberación Nacional (ELN).
A todos los grupos insurgentes mencionados, se les otorgó el reconocimiento como “actores políticos”. Como consecuencia de lo anterior, se les debía dar palabra a estos grupos, a nivel de miembros de un debate, para que manifestaran sus pretensiones en los diálogos de aquella época.
En este entendido, el proceso de paz cumplía con un carácter fundamental en su discurso: la inclusión. Este concepto de inclusión es visto desde la autora Iris Marion Young2, como una garantía de acceso al diálogo deliberativo, para todos aquellos que se vean afectados según la decisión por tomar, es decir, los interesados en el resultado favorecedor o desfavorecedor del debate, visto desde sus condiciones particulares.
Es así como en ese preciso momento histórico, el País estaba expuesto a un auge democrático, al darle participación activa a todos aquellos grupos ilegales vinculados al proceso de paz.
Por primera vez se dio un cese al fuego y con esto, la apertura de las discusiones entre el Gobierno y los grupos insurgentes. La tregua temporal, de alguna manera va acorde con los fundamentos de no violencia que maneja la autora Young3, puesto que desarrollar un diálogo bajo contextos de agresión y ataque, le resta credibilidad al proceso.
Sin embargo, las características positivas iniciales de este intento de dar fin al conflicto armado, se vieron minadas y contrarrestadas por la implementación inconveniente de la Amnistía. Este es el término clave para resumir el fallido proceso de paz de 1982, además de haber constituido el objeto principal per- seguido por los grupos insurgentes en las negociaciones y los diálogos. Dicho concepto, consiste en el principio rector de la fórmula de Justicia Transicional fundamentada en el Perdón Amnésico4, el cual comprende indultos generali- zados a los victimarios, para facilitar las negociaciones y poder imponer un nuevo orden pacífico, sepultando arbitrariamente cualquier vestigio de violen- cia. El problema de estas medidas radica en la ausencia de un trato dignifican- te de las víctimas, que demanda por lo menos una explicación de lo acaecido, un esclarecimiento de la verdad y un reconocimiento por parte de los perpe- tradores de sus tragedias. Lo anterior debe entenderse sin perjuicio de la clara necesidad de reparar y restituir a las víctimas desde una estimación patrimo- nial de perjuicios. Por otra parte, la represión de los sentimientos de inconfor- midad y el desconocimiento del sufrimiento de las víctimas para poder “seguir adelante”, genera vínculos de paz aparentes y frágiles que al menor signo de desconfianza logra desencadenar el conflicto de nuevo, o en el peor de los casos, crea pequeñas esporas de rencor y venganza que eventualmente brotan en manifestaciones recrudecidas de violencia con fines de retribución. Sin du- da, este fenómeno se presentó como desenlace nefasto del proceso de paz de 1982, cuando los insurgentes desistieron de las vías discursivas y de las herramientas democráticas, descartando el cese a las ofensivas militares y re- gresando al combate. Así queda plenamente evidenciada la poca cabida que tiene el modelo de perdón amnésico en el contexto colombiano de esa época y aún más del presente, cuando las circunstancias de agravación criminal se vie- nen desarrollando y creciendo exponencialmente, sin mencionar el fortaleci- miento en la aplicación de la Jurisdicción Internacional al ordenamiento inter- no, el cual rechaza de plano cualquier forma de olvido absoluto de estas manifestaciones atroces de violencia.
4.2. GOBIERNO VIRGILIO BARCO
El siguiente período presidencial 1986-1990 fue presidido por Virgilio Barco, cuya dirección dio un giro radical respecto de las políticas del gobierno anterior en cuanto al proceso de paz. Así se realizaron algunos ajustes básicos, más concretos, pues este gobierno estaba interesado en el desarme de las guerrillas para luego considerar una inclusión en un frente político.
El objetivo principal era recuperar la Legitimidad del Estado en el territorio nacional, es decir, el restablecimiento del monopolio estatal de la fuerza para el establecimiento de un orden jurídico-social pacífico. El Gobierno de Barco reflejó esa gran responsabilidad por defender el significado del Estado, a través de su política central “Mano tendida, pulso firme”, sin duda, una ideología que años más tarde sería retomada en los dos periodos del Presidente Álvaro Uribe Vélez 2002-2010.
A pesar de no mantener diálogos con los grupos guerrilleros, el gobierno de Barco en 1989 y 1990 logró por primera vez en la historia, el desarme comple- to del M19, desmovilizando en aquel entonces ese grupo guerrillero y otorgándole legitimidad como grupo político. No podemos considerar esto como una Justicia Transicional seria, pues no tuvo elementos básicos, como sometimiento a la justicia, ni mucho menos la reparación integral de las vícti- mas del M19. Como consecuencia, volvemos al olvido a la amnesia frente a las responsabilidades, al menos objetivas, de los actores armados, que conlle- van en el futuro relaciones de venganza, inconformidad e impunidad en el imaginario colectivo de la sociedad.
Transcurrieron dos periodos presidenciales, Cesar Gaviria 1990-1994 y Ernesto Samper 1994-998, sin mayor interés en cuanto a acercamientos frente a grupos guerrilleros; más de 8 años en donde no se contemplaron nuevamente acuerdos de paz y por lo tanto Marcos de Justicia Transicional.
4.3. GOBIERNO ANDRÉS PASTRANA
Aquel silencio sobre los procesos de paz se acabó con las campañas políticas del candidato Conservador a la Presidencia de la República Andrés Pastrana, quien prometía al País, un importante acercamiento con las FARC para darle fin al conflicto de la Época.
Una vez asumió la Presidencia de la República, Andrés Pastrana dio inicio a lo que sería el mayor desastre de los Procesos de Paz. Para llegar a un acuerdo, Pastrana le otorgó a las FARC una zona de distensión, en donde el Ejército Nacional no entraría y no se ejercería por completo la Soberanía Nacional, una zona basta de 42.000 km2 (cuarenta y dos mil kilómetros cuadrados), terreno que las FARC utilizaron para trasladar sus secuestrados, cometer delitos, fa- bricar drogas ilícitas como la cocaína y desde ese mismo territorio, dar inicio a su exportación.
Este fue el peor error en la historia de los procesos de paz, en donde un país le entregó a un grupo terrorista, una enorme porción del territorio nacional, en donde no se ejercería el control del Estado; de tal manera las FARC, dispusie- ron de esta “concesiyn” para establecer su centro de planeación, y ejecución delincuencial.
Una porción tan grande que podría compararse fácilmente con la extensión territorial de algunos países de nuestro continente, como es el ejemplo de Cos- ta Rica con 51.100 Km2, o República Dominicana con 48.739Km2, e incluso, una zona mucho más amplia que otros países como Haití, Belice o El Salva- dor.
La falla crucial de este proceso tiene su origen en un exceso de confianza y en un alto sacrificio de valores como la justicia, la verdad y ni que decir de la re- paración. El Estado cedió demasiado ante las aparentemente inocentes pre- tensiones de los grupos insurgentes, que posteriormente se verificaron en esa “silla vacía”, en esa imagen de un Estado doblegado en un conflicto, reflejada en el momento en que el entonces presidente Andrés Pastrana, burlado por el entonces dirigente de las FARC “Tirofijo” Alias Manuel Marulanda, ausente en la mesa de negociación de los diálogos en San Vicente del Caguán.
No todo fue malo, pues todo lo anterior provoco la Reacción inmediata del Presidente Pastrana, pues una vez se levantaron los diálogos del Caguán, el estado comenzó la persecución inmediata contra las FARC, implementando el Plan Colombia con el Gobierno de Estados Unidos, para recibir su apoyo militar en la lucha contra las FARC.
4.4. GOBIERNO ALVARO URIBE VÉLEZ
Sin duda alguna, todos los diálogos, con excepción de los previos a la desmo- vilización del M19, habían engañado a los gobiernos anteriores, habían jugado con el País. Fue hasta el año 2002, con la entrada del Presidente Álvaro Uribe Vélez cuando se veían por primera vez luego del Gobierno de Barco, impor- tantes ofensivas militares contra las FARC y el ELN, a su vez con reiteración y un considerable incremento del apoyo de Estados Unidos y en general de la Comunidad Internacional, se empezó a controlar la expansión de ambas gue- rrillas y a darle paso a lo que serían dos periodos con mayor control sobre el territorio nacional y sobretodo con el logro de una saludable tranquilidad na- cional, pues empezaron a minimizar aquellos grupos insurgentes, que asolaban el campo, impedían el tránsito, menguaban el patrimonio campesino, secues- traban, masacraban con lujo de otros actos terroristas, desaparición forzada, desplazamiento y reclutamiento de menores.
Como se ha mencionado, fue hasta el Gobierno de Álvaro Uribe Vélez, en donde realmente se retomó la Legitimidad del Estado y la Soberanía Nacional, se recuperó gran parte del territorio que estaba bajo la dominación de aquellos grupos como las FARC y el ELN. Comenzando así una época llena de importantes logros militares en donde se abatieron reconocidos y notables líderes de ambos grupos al margen de la Ley, de carácter terrorista.
No solo era el Gobierno quien se enfrentaba a las FARC y al ELN; para la época también existían Grupos Ilegales contrapuestos, Las Autodefensas Uni- das de Colombia (AUC), cuyo propósito principal era el exterminio de las guerrillas característicamente de izquierda. Sin embargo, estos grupos de au- todenominada defensa campesina persistían en la ilegalidad, y carecían de le- gitimidad estatal para el ejercicio de dichas operaciones anti-guerrilla, de lo anterior se concluye, que también se trataba de otro grupo al margen de la Ley.
Ahora bien, en el Gobierno de Uribe Vélez se dieron importantes logros y se consiguió someter al Poder del Estado a las AUC, creando así un importante proceso de Paz basado en la desmovilización de las Autodefensas, se llegó así a la conveniente aplicación de este innovador y radical método de Justicia Transicional, para someter en Derecho a todos los integrantes de aquel grupo paramilitar el cual, en la época de su desmovilización, contaba con no menos 30.000 hombres. El método aludido resulta una especie de híbrido entre Las Transiciones Punitivas y La Justicia Impuesta5, debido a que las circunstancias fácticas y jurídicas no lograban configurar la totalidad de los requisitos para ser enmarcadas en un solo esquema. A pesar de no haber un contrincante ple- namente triunfador, el gobierno logró imponerse considerablemente a través de vehementes ataques militares, con dos fines: a) Someter a los insurgentes a la justicia estatal y b) Establecer un nuevo orden civil y militar que debía ser respetado. El problema de este mecanismo es que, una vez mas, se marginan los intereses de las víctimas y estas se reducen en la escala de interés de la paz, y simplemente son consideradas “efectos colaterales” del conflicto y la transición.
En el año 2005 se crea un marco Legislativo que marca la diferencia por me- dio de la Ley de Justicia y Paz, cuya finalidad era facilitar el proceso de des- movilización de las AUC, y conseguir sentencia rápida para los integrantes de este grupo, bajo el parámetro de la confesión de crímenes y por último, otor- gar una reparación justa para todas las víctimas del paramilitarismo. De esta forma, se evidencia una desviación de esta justicia imperiosa y radical, hacia una más flexible y humanitaria, donde se trae a colación la resquebrajada estructura social del conflicto, conformada principalmente por las víctimas civiles, quienes hasta entonces carecían de mecanismos efectivos de acción y participación en la búsqueda de la verdad y resarcimiento.
En consecuencia, desde un plano general y objetivo se puede afirmar, que el proceso de desmovilización de las AUC fue exitoso, pues fueron 50.000 hom- bres que dejaron el conflicto (Cifras entregadas por el actual Presidente Juan Manuel Santos en la IX sesión de la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional, Nueva York, diciembre 6 de 2010). Esos 50.000 hombres parcialmente han logrado reincorporarse a la sociedad con los programas de reinserción, sin ignorar su compromiso con la justicia respecto a la confesión de los crímenes cometidos, con el cumplimiento de las penas impuestas por la jurisdicción y a la debida reparación de las víctimas con diferentes métodos como el restablecimiento de tierras que las ellos les han regresado a través del gobierno.
5. DATOS HISTÓRICOS DE LAS DESMOVILIZACIONES DE JUS-
TICIA Y PAZ.
Noviembre 25 de 2003
Nombre de la estructura: Cacique Nutibara Lugar de desmovilización: Medellín
Número de combatientes que dejaron las armas: 874
Nombre del comandante: Diego Fernando Murillo alias 'Don Berna' Zona en la que actuaba: Bello, Itagüí y Envigado (Antioquia)
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Diciembre 2 de 2003
Nombre de la estructura: Autodefensas Campesinas de Ortega
Lugar de desmovilización: Vereda El Edén, del corregimiento de Ortega, Cajibío (Cauca)
Número de combatientes que dejaron las armas: 178 Nombre del comandante: Rubinder Becoche Zona en la que actuaba: Noroccidente del Cauca
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministe-
rio de Defensa Nacional.
Diciembre 10 de 2004
Nombre de la estructura: Bloque Catatumbo
Lugar de desmovilización: Campo Dos, Norte de Santander Número de combatientes que dejaron las armas: 1437 Nombre del comandante: Salvatore Mancuso Zona en la que actuaba: Norte de Santander
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Octubre 8 de 2005
Nombre de la estructura: Bloque Héroes de Granada Lugar de desmovilización: Cristales (Antioquia) Número de combatientes que dejaron las armas: 2033 Nombre del comandante: Daniel Alberto Mejía Ángel Zona en la que actuaba: Oriente Antioqueño
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Enero 20 de 2006
Nombre de la estructura: Bloque Mineros
Lugar de desmovilización: Tarazá (Atioquia)
Número de combatientes que dejaron las armas: 2790
Nombre del comandante: Ramiro Vanoy, alias 'Cuco Vanoy' Zona en la que actuaba: Bajo Cauca Antioqueño
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Enero 31 de 2006
Nombre de la estructura: Bloque Central Bolívar
Lugar de desmovilización: Remedios (Antioquia)
Número de combatientes que dejaron las armas: 2519
Nombre del comandante: Carlos Mario Jiménez alias 'Macaco' e Iván Roberto Duque Gaviria alias 'Ernesto Báez'
Zona en la que actuaba: Magdalena y Bolívar
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Febrero 3 de 2006
Nombre de la estructura: Bloque Resistencia Tayrona
Lugar de desmovilización: Sierra Nevada de Santa Marta (Magdalena)
Número de combatientes que dejaron las armas: 1166
Nombre del comandante: Hernán Giraldo Serna, alias 'El Patrón'
Zona en la que actuaba: Sierra Nevada de Santa Marta (Magdalena)
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Febrero 7 de 2006
Nombre de la estructura: Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio Lugar de desmovilización: Puerto Triunfo
Número de combatientes que dejaron las armas: 990
Nombre del comandante: Ramón Isaza Arango, alias 'El Viejo'
Zona en la que actuaba: Antioquia, Santander, Caldas y Tolima
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Marzo 8 de 2006
Nombre de la estructura: Bloque Norte
Lugar de desmovilización: Copey y la Mesa (Cesar)
Número de combatientes que dejaron las armas: 4750
Nombre del comandante: Rodrigo Tovar Pupo, Alias 'Jorge 40'
Zona en la que actuaba: Atlántico, Cesar, Magdalena y Guajira
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Abril 11 de 2006
Nombre de la estructura: Bloque Héroes de los Llanos y Guaviare Lugar de desmovilización: Casibare Puerto Lleras (Meta) Número de combatientes que dejaron las armas: 1765 Nombre del comandante: Pedro Oliverio Guerrero, alias 'Cuchillo'. Zona en la que actuaba: Meta, Guaviare, Vichada y Casanare
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
Agosto 15 de 2006
Nombre de la estructura: Bloque Élmer Cárdenas
Lugar de desmovilización: Ungia (Chocó)
Número de combatientes que dejaron las armas: 1536
Nombre del comandante: Freddy Rendón Herrera, alias 'El Alemán' Zona en la que actuaba: Antioquia y Chocó
Fuente: Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación. Ministerio de Defensa Nacional.
*Los siguientes cuadros, son de Septiembre de 2014 muestran los resulta-
dos actuales del proceso de Justicia y Paz, y fueron extraídos del Tiem- po.com
6. COLOMBIA Y SU ACTUAL PROCESO DE PAZ
En el actual Gobierno del Presidente, Juan Manuel Santos, el País se encuentra inmerso nuevamente en un Proceso de Paz con las FARC. El fin principal del proceso adelantado es el de darle término al conflicto interno en el que nos encontramos, tal como se estableció el 4 de septiembre de 2012, día en que se dio inicio oficialmente a los diálogos de Paz.
La Habana, Cuba, es la locación designada para establecer las mesas de negociación, en donde se desarrollan de manera concomitante, también a la presente investigación, las reuniones previas a un posible acuerdo de paz; la mediación de estas discusiones está a cargo de Cuba y de Noruega.
Nos surgen algunos interrogantes, en cuanto a Cuba como mediador, ¿puede realmente actuar con un carácter provisto de imparcialidad?. Para nadie es un secreto que las guerrillas de izquierda y de carácter marxista, han simpatizado con la ideología del Gobierno Comunista de Fidel Castro y sus sucesores políticos. Sin duda, resulta difícil pensar que Cuba, como mediador, esté re- vestido de una imparcialidad suficiente que le permita realizar su tarea sin in- currir en de parcialización.
Otra duda que surge, es ¿por qué Venezuela resulta en este dialogo como un ente Veedor de las negociaciones?. Es menester recordar todo el apoyo que Venezuela le ha brindado oficialmente a las guerrillas colombianas, sin mencionar que tampoco ha sido un gobierno con el que nuestro país haya tenido buenas relaciones; sin duda, abiertamente y a nivel mundial se han conocido los roces que han tenido en los últimos años Colombia y Venezuela, además de la presidencia de Álvaro Uribe Vélez, existieron graves discrepancias que casi llevaron a la guerra a los dos países.
No soló encontramos estas inconsistencias para estar prevenidos ante el Proce- so de Paz; también contamos, como hemos analizado previamente, con más de 30 años de historia, que nos dan un precedente claro sobre los resultados que han generado los pasados Procesos de Paz en el País. El precedente es una valiosa herramienta de la que no se puede prescindir, es una base fundamental para proceder, a futuro, de manera preventiva y no incurrir en errores como los de los procesos anteriores.
El gobierno no puede actuar de manera amnésica frente al proceso de paz ac- tual, aún menos conociendo a fondo los resultados y los efectos de los anterio- res; ante lo cual es obligatorio recordar que el Estado no puede bajar la guar- dia, pues es claro que estamos frente a grupos cuyas siempre han sido confu- sas, inciertas y perjudiciales para el bienestar social y para el ordenamiento jurídico vigente. Es posible evidenciar el riesgo que se corre al negociar con estos grupos, en el cinismo que manifiestan al proclamarse a sí mismos como una “oposiciyn legalmente constituida”, a pesar de tener un carácter evidente de terrorismo; es este el término ideal para denominar sus métodos, estrategias y actuaciones.
Por otra parte, sería absurdo desconocer el sentimiento generalizado de recha- zo de la Nación Colombiana frente a las FARC; repudio manifestado el 4 de febrero del 2008, cuando gran parte de la población de Colombia reaccionó en contra de las FARC por medio de una masiva marcha pública. Fueron más de seis millones de Colombianos que salieron a las calles a expresarse en contra de las FARC y sus actos terroristas, No cabe duda de la clara posición delin- cuencial de las FARC, un grupo insurgente que ha atentado en contra del Es- tado y de la población civil. No es posible que esta organización al margen de la Ley obtenga una legitimación directa y casi que arbitraria, tras cometer ac- tos como son el secuestro, el narcotráfico, la vulneración a los derechos humanos, actos en contra de la población civil, en contra del Derecho Interna- cional Humanitario y Crímenes que sobrepasan los límites de la Lesa Huma- nidad.
6.1. LEGITIMIDAD DEL ESTADO
Entendiendo la Legitimidad como el ejercicio constitucional del poder, sobra aclarar que es el Estado, el único ente que tiene legitimidad dentro de nuestro Territorio Nacional; debemos entender entonces la Legitimidad como el poder de actuar, el poder de ser Estado, que se debe traducir en autoridad y obediencia del pueblo a sus determinaciones y el uso de la Fuerza Pública, en caso de ser necesaria, para hacer cumplir sus determinaciones, con el fin de garantizar la armonía social, la paz tranquila dentro del territorio nacional y la soberanía interna y externa del País.
En un Estado Social de Derecho, será sin duda, el Estado el único Legitimado en su territorio para actuar, para ejercer la soberanía, la independencia, la integridad en todo el ámbito nacional, a través de la Fuerza Pública según lo consagra el artículo 217 de nuestra Carta Fundamental, que a su vez, en el artículo 189, numeral 3, impone como obligación a cargo del Presidente de la República, dirigirla y disponer de ella como comandante supremo.
En Sentencia C-578 del año 2002, nuestra Corte Constitucional cita lo que significa el Principio de Soberanía según el Estatuto de Roma de la Corte Pe- nal Internacional, al cual estamos sometidos como signatarios de dicho ins- trumento; “La soberanía de un Estado existe para proteger a los habitantes que residen en su territorio, no(sic) para amparar a quienes han violado los derechos humanos o desconocido los mínimos establecidos en el derecho in- ternacional humanitario ni, mucho menos, para servir de muralla infranqueable para quienes desea convertir un determinado territorio en un escondite para gozar de impunidad.”
6.2. CONSTITUCIONALIDAD DEL PROCESO DE PAZ.
Sin duda alguna, uno de los temas más controvertidos cuando se habla del actual Proceso de Paz, por cuanto se discute sobre la Legalidad del proceso, ello dependerá obligatoriamente de nuestra Norma Suprema, de nuestra Constitución Nacional.
No resulta difícil concluir, con un sencillo análisis de nuestra Constitución Política, que en primer lugar es ella la que impone límites al Gobierno, para generar y adelantar un proceso de paz; entonces es fácil deducir, que para adelantar el actual proceso, con respeto a nuestra Constitución, no podrían concederse a aquellos grupos guerrilleros, beneficios como los que han exigi- do, como el cese de operaciones militares por parte del Ejército Nacional, el Ejército Nacional tiene el deber Constitucional de velar por la seguridad en todo el territorio de nuestra Nación, por lo tanto es imposible el cese de sus operaciones militares.
Tampoco se puede cometer errores como en el pasado, como en el Caguán, en donde se le otorgó a las FARC un gran territorio o que aprovecharon impunemente para realizar toda suerte de operaciones ilícitas como el narcotráfico el secuestro, la usurpación de tierras campesinas, el desplazamiento de comunidades enteras y el reclutamiento de personas y de menores, sin ser intervenidos por ninguna autoridad estatal.
En una negociación siempre habrá como mínimo dos partes, las cuales deciden llegar a un resultado común mediante el consenso, debiendo cada par- te, hacer o dejar de hacer para poder llegar al fin acordado. En el caso que nos ocupa, las FARC no han demostrado ánimo de cooperar, pues dicho grupo guerrillero, no demostrado de ninguna manera la intención de cesar en sus operaciones terroristas; han continuado con sus operaciones. Para el país ha sido evidente que en el curso de la ´´negociación´´ se han seguido realizando ataques a la Población Civil y a la Fuerza Pública, secuestros y actos terroris- tas. Entonces bajo qué circunstancias se espera que el País confié en un ver- dadero Proceso de Paz, cuando los actos sin duda valen más que las declara- ciónes. No hay actos de paz por parte de los guerrilleros, lo que demuestra una falta grave contra la negociación. Las FARC le han demostrado al País, su po- co compromiso y falta de seriedad con el proceso.
¿Debería el Gobierno continuar una negociación, con un grupo que siendo una parte en ella, sigue violentando la población?
Podemos afirmar que es Responsabilidad del Gobierno, en cabeza del Presidente de la República, garantizarle la Seguridad y los derechos a la población; más aún cuando se trata de esa guerrilla, perpetradora de crímenes en contra del Estado y de la Población Civil.
Nuestra Corte Constitucional adelanta estudios sobre la Constitucionalidad del actual proceso.
Es ella quien la que tiene inmensa responsabilidad de otorgarle o no, vía libre al Marco Legal Para la Paz; es una gran responsabilidad, pero sin duda se trata del ente idóneo para resolver la validez de dicho Marco Legal.
La Corte Constitucional debe resolver conforme a Derecho, conforme a nues- tra Carta Fundamental; la Corte no debe obrar bajo inspiraciones meramente Políticas. Si así lo hace la Corte, no ofrece garantía de que El Marco Jurídico para la Paz satisfaga el fin último de nuestro Estado de Derecho, ni las aspiraciones del pueblo colombiano.
6.3. ¿NUEVO MARCO JURÍDICO PARA LA PAZ, UNA LEGISLACIÓN INNECESARIA?
De esta forma lo controvirtió el Ex Vicepresidente Francisco Santos, argu- mentando que el Marco Jurídico Para la Paz le parece una Legislación innece- saria, pues en los dos periodos del Ex Presidente Álvaro Uribe Vélez, trabajó directamente en la Ley de Justicia y Paz, una Ley que permitió la desmovili- zación de las Autodefensas Unidas de Colombia, una Ley que logró la salida del conflicto de más de 30.000 paramilitares sin necesidad de permitir una amnistía o indultos, una Ley que también estaría dispuesta para las FARC y para el ELN.
La Ley de Justicia y paz funcionaría perfectamente para la desarticulación de las FARC; tenemos como precedente la desmovilización de las AUC cuando se realizaron las confesiones de la mayoría de los crímenes perpetrados y a su vez se logró también el sometimiento a la justicia por parte de sus integrantes.
El precedente que se obtuvo durante el anterior Gobierno nos confirma la efectividad de la Ley de Justicia y Paz con la desmovilización de 30.000 inte- grantes de las AUC junto con otros 21.000 subversivos de las FARC y del ELN. A propósito el Vicepresidente Santos expreso que esta política era sim- ple y funcional; se exigía sólo un cese previo de acciones criminales como re- quisito de negociación con los terroristas, entre los cuales las AUC fueron también de esa manera calificados en ese contexto.
También expresó que en el artículo 69 del Marco Jurídico Para la Paz, implementa la selección de casos, es decir, de forma selectiva se analizan algunos casos y se dejan otros por fuera, lo cual implica impunidad eventual. Ello genera contravía con los fines del Estado, así como con los Tratados Internacionales, de los que somos signatarios.
6.4. ES EL MARCO JURÍDICO PARA LA PAZ CONFORME CON EL ESTATUTO DE ROMA?
Colombia es un País que se ha caracterizado por la integración Internacional, de acuerdo con lo anterior resulta obligatorio el cumplimiento de los preceptos establecidos por los Tratados del Derecho Internacional de los cuales hacemos parte.
El Marco Para la Paz, debe cumplir a calidad con los presupuestos internacionales; por lo tanto nos encontramos obligados al cumplimiento del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
El Estatuto de Roma declara la soberanía del Estado así: “La soberanía de un Estado existe para proteger a los habitantes que residen en su territorio, no para amparar a quienes han violado los derechos humanos o desconocido los mínimos establecidos en el derecho internacional humanitario ni, mucho menos, para servir de muralla infranqueable para quienes desean convertir un determinado territorio en un escondite para gozar de impunidad”
Ius coggens es la locución latina empleada para afirmar el carácter vinculante y obligatorio del Derecho Imperativo Internacional.
El artículo 69 del Marco Jurídico Para la Paz, al parecer, no se encuentra en concordancia con el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que veta cualquier tipo de impunidad, cualquier tipo de amnistía y, en él se consa- gra el deber de los Estados de realizar Justicia a través de la investigación y del juzgamiento.
En Sentencia C-578 de 2002, la Corte Constitucional afirmó lo siguiente:
“La Corte Penal Internacional es un tribunal de carácter permanente, con funciones judiciales para determinar la responsabilidad penal individual de las personas que hayan cometido los crímenes de genocidio, de lesa humani- dad, de guerra y eventualmente el de agresión, cuando los Estados no hayan cumplido con su deber de perseguir, juzgar y sancionar a los responsables de dichos crímenes”.
La Corte Penal Internacional, mediante su delegación designada, dio apoyo al Gobierno colombiano para el adelantamiento del Proceso de Paz, sin dejar de advertir que en aplicación del Estatuto de Roma, cualquier Proceso de Paz deberá ser compatible con él, afirma también que dicho instrumento fue crea- do para combatir la impunidad. Por ello resulta a nuestro juicio imposible contemplar figuras como la amnistía para la realización de un proceso de paz.
Afirmó la Corte Penal Internacional, que en los casos que versen sobre delitos de genocidio y de lesa humanidad, resulta más lesivo involucrar algún tipo de amnistía; en nuestro caso no resulta nada difícil identificar a la guerrilla de las FARC, como una organización que ha perpetrado miles de crímenes como los descritos y abundantemente repetitivos.
No es fácil entender los motivos jurídicos por los cuales se creó el Marco Jurí- dico para la Paz, pues el País cuenta con la exitosa y funcional Ley de Justicia y Paz, que como lo manifestó el vicepresidente Santos, funcionaría perfectamente para la desmovilización de las FARC.
Para qué crear una Ley con tendencia a generar confusión?, el Marco Jurídico Para la Paz en caso de avalar algún tipo de amnistía, estaría en contravía de nuestra Constitución Política, en contra del Estatuto de Roma de la Corte Pe- nal Internacional, y también en contra de los sentimientos de gran parte de la población vulnerada y afectada por los actos criminales de las FARC.
No cabe duda que el Marco Jurídico Para la Paz, resulta más atractivo para las FARC; con seguridad prefieren una Ley que les otorgue directa o indirectamente amnistías o indultos. Evidentemente rechazan una Ley que los someta al requisito de la entrega de armas para adelantar la negociación, y que luego los someta a la justicia y a la reparación de víctimas. Como si ocurrió en el proceso de Justicia y Paz con las AUC.
6.5. UN ANÁLISIS A LAS POLITICAS DEL GOBIERNO DE JUAN MANUEL SANTOS.
Un Gobierno es elegido por medio del voto de los que han creído en los planteamientos, en los programas y en las políticas prometidas. No es un secreto que el actual Presidente de la República, Dr. Juan Manuel Santos, obtuvo grandes reconocimientos por su labor como Ministro de Defensa del año 2006 al 2009, con la ejecución de las políticas planteadas por el Gobierno del Ex Presidente Álvaro Uribe.
Santos en el 2009 renuncia a su cargo de Ministro de Defensa con el fin de adelantar campaña presidencial con el beneplácito aparente ''pero real'' y con la presumible intención de mantener continuidad en las políticas del Gobierno de Álvaro Uribe.
Debido a la imposibilidad de un tercer periodo Presidencial, los colombianos creyeron que la mejor opción para darle continuidad a ese Gobierno, sería el ex ministro aspirante quien en virtud de lo anterior, logró la Presidencia de la República en 2010, cuando los electores esperanzados mirabas una benéfica continuidad.
En 2010 el Presidente Juan Manuel Santos asistió a la IX sesión de la Asam- blea de Estados Parte de la Corte Penal Internacional. Allí pronunció que fue positivamente acogido por su sabor de concordancia con las Políticas del Go- bierno del cual había hecho parte, como demuestran las citas pertinentes de su discurso;
“Vengo a proclamar en voz alta nuestra decisión de combatir la impunidad en nuestro país y nuestro inequívoco respaldo al trabajo de la Corte Penal Internacional y al sistema de justicia penal de carácter complementario que creó el Estatuto de Roma.''(lo subrayado es nuestro)
En su intervención afirma que en el pasado las amnistías y los indultos eran aceptados con fines de alcanzar la paz, pero establece que en la actualidad es indispensable el componente de Justicia para la sostenibilidad de un Proceso de Paz.
El Presidente Santos expone que la implementación de la Ley de Justicia y Paz en el año 2005, es un gran logro de Justicia Transicional, afirma que se realizó con miras a la desmovilización, desarme y reintegración de miembros de grupos armados ilegales, sin olvidar el reconocimiento y la obligatoriedad de hacer efectivos los Derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación, así como la tarea de investigación y juzgamiento contra los líderes de los grupos armados ilegales.
Resalta que fue con un gran acierto del Gobierno colombiano, comose logró desmovilizar un grupo armado ilegal no derrotado, los paramilitares, sin la necesidad de ofrecer impunidad, ni amnistías. Menciona que fueron más de 50.000 miembros de grupos armados que se desmovilizaron y que entregaron sus armas.
Dice que la Ley de Justicia y Paz es un esquema innovador en el que se aplica una justicia que no se basa en amnistías y por tanto en impunidad.
Afirma a su vez el Compromiso que tiene Colombia con la Corte Penal Internacional, con la ratificación del Estatuto de Roma al ser incluido en el Bloque de Constitucionalidad de nuestra legislación.
Por último, manifesta que los exitosos procesos de Justicia y Paz, iniciaron con su predecesor Álvaro Uribe Vélez, y que en la actualidad se están reco- giendo los frutos sembrados por esas Políticas de seguridad y protección a los Derechos Humanos; define el Gobierno de Uribe como un Gobierno de resul- tados, un gobierno que logró en 8 años la reducción de los homicidios en un 45%, las masacres en un 78%, y los secuestros extorsivos en un 91% (Ponencia del actual Presidente Juan Manuel Santos, ante la IX sesión de la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional, Nueva York, diciembre 6 de 2010.)
En no más de dos años Juan Manuel Santos da un inesperado giro a sus políticas de Gobierno; inicia Diálogos con las FARC sin exigir entrega de armas ni cese de operaciones e incurre en viejos errores del pasado y desconoce las explícitas propuestas de su campaña presidencial, ratificadas ante la Corte Penal Internacional en el discurso citado.
El Proceso de Paz inicia las negociaciones formales un año antes de su reelección a la Presidencia, es entonces cuando encontramos grandes motivos para poner en tela de juicio el actual Proceso, un Proceso cuestionable con sabor de protagonismo político, donde no aparece clara la posible aplicación de la Ley de Justicia y Paz defendida por el presidente en ejercicio; contrario sensu, se propone un nuevo Marco Jurídico Para la Paz.
6.6. POSICIÓN DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN FRENTE AL ACTUAL PROCESO DE PAZ.
El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordoñez Maldonado afirma que para el debido funcionamiento del actual Proceso de Paz, no puede haber un Cese Bilateral al fuego como lo exige la guerrilla de las FARC.
“Las FARC han insistido de manera sistemática en la necesidad de pactar un cese bilateral del fuego, según su criterio, para reducir el rigor de la guerra.”
El propio presidente Santos ha negado esa posibilidad por considerar que eso implicaría bajar la guardia en la acción militar contra la insurgencia, con consecuencias funestas como prolongar indefinidamente la negociación y facilitar una reorganización de la guerrilla’’.
El Procurador General, realizó un reconteo histórico de las características principales de los anteriores Procesos de Paz.
Recordó que cuando se pactó una tregua bilateral para intentar una negociación en el gobierno conservador de Belisario Betancur (1982-1986), las Farc aprovecharon ese momento para fortalecerse.
Se ha documentado que a partir del gobierno de Betancur, las FARC aumentaron sus frentes en todo el País.
“Aprovechando la “tregua” en el gobierno Betancur, el grupo desdobló sus frentes y con ello duplicó su presencia territorial, se dedicó a crear escuelas especializadas en destrezas requeridas para construir un “ejército”, aumenta- ron el reclutamiento de niños y multiplicaron sus integrantes de 1300 en 1982 a 8200 guerrilleros en 1990, un crecimiento de más del 530%”, dijo el Procu- rador.
Ordóñez sostuvo que lo mismo ocurrió en el proceso de paz de Andrés Pastra- na (1998-2002). “En El Caguán, 15 años después, se valieron del congela- miento de las operaciones militares para estar en zonas que transformaron en santuarios criminales”, agregó. Para el Procurador, todo tipo de “tregua” o acción que implique mantener inactiva la acción militar, redundará en un for- talecimiento de la guerrilla para seguir delinquiendo’’6
7. CONCLUSIONES
Un Proceso de Paz siempre deberá contemplarse como una definitiva solución al conflicto, su finalidad es alivio para todo un País afectado por los actos de violencia y desequilibrio impulsados por los grupos criminales, como son, en nuestro caso, las guerrillas FARC, ELN y EPL.
Un Proceso de Paz liderado de forma responsable, que ofrezca todas las garantías necesarias para el País, genera resultados positivos como el fin de las operaciones de los grupos armados ilegales, el primer y más importante paso para la consecución de la Paz.
La interrupción inmediata de las operaciones criminales de los grupos arma- dos, debe ser un requisito sine quo non para adelantar nuestro Proceso de Paz.
El Estado en ningún momento deberá negociar con un grupo armado sin el previo cumplimiento de estos, de las exigencias impuestas.
En el evento de realizar una negociación hay factores indispensables, como la implementación de Tribunales Especializados y Transitorios para la aplicación conveniente, pronta y cumplida de justicia dirigida a los integrantes de los grupos al margen de la Ley.
Si el País ya vivió una exitosa desmovilización de un grupo ilegal no derrota- do, como fue con las Autodefensas Unidas de Colombia, gracias a la Ley de Justicia y Paz, el sentido común nos indica que debería ser esta misma Ley, la guía para el actual Proceso de Paz con la guerrilla de las FARC, debería ser el ejemplo a seguir del Gobierno, claro que con algunas modificaciones razona- bles para lograr ajustarla al proceso actual. Sin la necesidad de crear un Marco Legal que pueda desvirtuar el Ius Coggens y, por consiguiente, atentar contra el Estatuto de Roma con la permision de alguna figura de amnistía. Nuestro País está comprometido a cumplir las exigencias internacionales.
Por qué utilizar una legislación ímproba, con una fuerte tendencia a presentar fallas graves como se ha vivido a lo largo de nuestra historia, contando con la existencia la Ley de Justicia y Paz, probada su efectividad con la Desmovilización completa de las Autodefensas Unidas de Colombia?
También es importante destacar que la Firma del acuerdo no necesariamente implica el fin del conflicto; la firma es una simple solemnidad que no garantiza la ejecución de lo pactado. La salida real del conflicto será el verdadero cumplimiento de las condiciones establecidas en ese acuerdo por las partes y ratificado por el pueblo colombiano, cuya obediencia y efectiva aplicación por parte de las FARC, deberá ser supervisado por el Estado con la verificación de los países garantes y de los entes internacionales.
El Post-conflicto es un tema que requiere toda la atención de la negociación actual, un Proceso de Paz no es algo para firmar y olvidar sin contemplar un solución efectiva para el futuro Post-conflicto, porque mas adelante se podría llegar a la resurrección de los grupos desmovilizados; el Post-conflicto es un tema de vital importancia para la verdadera consecución de la Paz, no sólo debe estar a cargo del Estado, necesariamente deberá contar con la ayuda y supervisión de los Entes Internacionales para garantizar una verdadera re- inserción a la sociedad, de todos los ex combatientes desmovilizados.
BIBLIOGRAFÍA
- El Caleidoscopio de las Justicias en Colombia ‘’Análisis Socio- Jurídico. Buenaventura De Soussa Santos, Mauricio Garcia Villegas.
- ¿Justicia Transicional sin Transición? Verdad, Justicia y Reparación para Colombia. Rodrigo Uprimmy Yepes, María Paula Saffon Sanín, Catalina Botero Marino, Esteban Restrepo Saldarriaga.
- Comparative Peace Processes in Latin America” ARNSON, Cyn- thia J,“, pp.1 (Stanford University Press, 1999)
- “Inclusion and democracy” YOUNG, Iris Marion.; Oxford Universi- ty Press (2002)
- Información desmovilizados AUC extraída del sitio web del perió- dico El Tiempo (http://e.eltiempo.com/media/infografias/2014/11/timeline_debates_paz/ desktop/index.html)
- Cita bibliográfica del Procurador General del sitio web del perió- dico El Tiempo (http://www.eltiempo.com/politica/proceso-de- paz/procurador-pide-a-santos-no-decretar-el-cese-bilateral/14883676)
- Intervención del Presidente de la República de Colombia, Juan Manuel Santos, en la IX sesión de la Asamblea de Estados Partes de la Corte Penal Internacional (http://wsp.presidencia.gov.co/Prensa/2010/Diciembre/Paginas/2010120 6_01.aspx)
[...]
1 ARNSON, Cynthia J,“Comparative Peace Processes in Latin America”, pp.1 (Stanford University Press, 1999)
2 YOUNG, Iris Marion. “Inclusion and democracy”; Oxford University Press (2002)
3 YOUNG, Iris Marion. “Inclusion and democracy” Oxford University Press(2002)
4 UPRIMNY YEPES, Rodrigo, “¿Justicia transicional sin transición?”. Bogotá, (2006)
5 UPRIMNY YEPES, Rodrigo, “¿Justicia transicional sin transición?”. Bogotá, (2006)
6 Cita bibliográfica extraída del sitio web del periódico El Tiempo (http://www.eltiempo.com/politica/proceso-de-paz/procurador-pide-a-santos-no-decretar- el-cese-bilateral/14883676)
- Quote paper
- Giovanni B. Mainero (Author), 2015, El Proceso de Paz en Colombia. Antecedentes Históricos y Actualidad, Munich, GRIN Verlag, https://www.grin.com/document/315155
-
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X. -
Upload your own papers! Earn money and win an iPhone X.